Orden APA/1255/2007, de 25 de abril, por la que se publica, para el ejercicio 2007, la convocatoria de ayudas destinadas a las organizaciones interprofesionales agroalimentarias.

MarginalBOE-A-2007-9402
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Agricultura, Pesca y Alimentacion
Rango de LeyOrden

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece en su artículo 23 que el procedimiento para la concesión de subvenciones se iniciará siempre de oficio, mediante convocatoria aprobada por el órgano competente.

El Real Decreto 1225/2005, de 13 de octubre, publicado en el Boletín Oficial del Estado número 257, de 27 de octubre, establece las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones a las organizaciones interprofesionales agroalimentarias, crea el marco jurídico regulador de las ayudas para el fomento, impulso y desarrollo de dichas organizaciones, reconocidas por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación al amparo de lo dispuesto en la ley 38/1994, de 30 de diciembre, reguladora de las organizaciones interprofesionales agroalimentarias.

Mediante la presente orden se convocan, para el ejercicio 2007, las ayudas destinadas a las organizaciones interprofesionales agroalimentarias.

En su virtud, dispongo:

Primero. Objeto.-Es objeto de la presente orden convocar para el año 2007, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones previstas en el artículo 3.b), c) y d) del Real Decreto 1225/2005, de 13 de octubre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones a las organizaciones interprofesionales agroalimentarias, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 257, de 27 de octubre de 2005.

Segundo. Beneficiarios y finalidades.-Podrán ser beneficiarios de las ayudas, para las finalidades detalladas en el artículo 3.b), c) y d) de las bases reguladoras que se desarrollen a lo largo del año 2007, las organizaciones interprofesionales agroalimentarias legalmente constituidas y reconocidas por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, al amparo de lo dispuesto en la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, reguladora de las organizaciones interprofesionales agroalimentarias.

Tercero. Solicitud de la subvención y plazo de presentación.

  1. Las solicitudes de subvención, se dirigirán a la Ministra de Agricultura, Pesca y Alimentación, y se presentarán en el Registro General del Departamento, o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

  2. Se formulará una solicitud para cada ayuda, cumplimentada según el modelo que se adjunta como anexo de la presente orden.

  3. El plazo de presentación de solicitudes será de 15...

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