ORDEN PRE/631/2002, de 15 de marzo, por la que se regula la composición y funciones de la Comisión Interministerial Permanente de Armas y Explosivos.

Fecha de Entrada en Vigor24 de Marzo de 2002
MarginalBOE-A-2002-5743
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de la Presidencia
Rango de LeyOrden

La regulación de la composición y funciones de la Comisión Interministerial Permanente de Armas y Explosivos se llevó a cabo por Orden del Ministerio del Interior de 4 de mayo de 1979. Con posterioridad, la reestructuración de los Ministerios representados en ella puso de manifiesto la necesidad de modificar algunos apartados de la misma, lo que se efectuó por Orden de 6 de diciembre de 1983.

Por otro lado, teniendo en cuenta la incidencia que cualquier interpretación de los vigentes Reglamentos de Armas y Explosivos puede tener en la seguridad pública, por Orden de 25 de septiembre de 1989 se incorporó un representante de la Secretaría de Estado de Seguridad a la Comisión.

En este momento, nuevamente las reformas estructurales de los diversos Departamentos ministeriales aconsejan llevar a cabo una regulación actualizada de la composición de la Comisión Interministerial Permanente de Armas y Explosivos, modificando los apartados tercero y sexto de la Orden reguladora de la misma.

Todo ello hace que, por motivos de seguridad jurídica y oportunidad, se proceda a dictar una nueva Orden para regular la composición y funciones de la Comisión Interministerial Permanente de Armas y Explosivos, refundiendo en un solo texto las citadas Órdenes de 4 de mayo de 1979, de 6 de diciembre de 1983 y de 25 de septiembre de 1989, derogándolas e incorporando en la citada refundición las modificaciones de los apartados tercero y sexto.

En su virtud, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 40 y 67.4 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado a propuesta del Vicepresidente Primero del Gobierno y Ministro del Interior, del Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de Economía y de los Ministros de Asuntos Exteriores, de Defensa, de Hacienda, de Fomento, de Educación, Cultura y Deporte y de Ciencia y Tecnología, con la aprobación previa del Ministro de Administraciones Públicas, y con el informe favorable de la Comisión Interministerial Permanente de Armas y Explosivos,

DISPONGO:

[precepto]Primero. Naturaleza jurídica.

La Comisión Interministerial Permanente de Armas y Explosivos es un órgano colegiado consultivo de carácter permanente de la Administración General del Estado dependiente del...

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