DECRETO 18/2004, de 26 de febrero, por el que se delimita el entorno de protección del bien de interés cultural declarado la 'Cueva de los Emboscados', en Matienzo, término municipal de Ruesga (Cantabria).

MarginalBOE-A-2004-6522
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorComunidad Autónoma de Cantabria
Rango de LeyDecreto

DECRETO 18/2004, de 26 de febrero, por el que se delimita el entorno de protección del bien de interés cultural declarado la "Cueva de los Emboscados", en Matienzo, término municipal de Ruesga (Cantabria).

Mediante Resolución de la ConsejerÃa de Cultura, Turismo y Deporte

de 12 de junio de 2003, se incoó expediente para la delimitación del entorno

de protección del bien de interés cultural declarado la "Cueva de los

Emboscados", en Matienzo, término municipal de Ruesga.

Cumplido el trámite establecido en el artÃculo 18 de la Ley 11/1998,

de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria.

La ConsejerÃa de Cultura, Turismo y Deporte ha propuesto la

delimitación del entorno de protección del bien de interés cultural declarado

la "Cueva de los Emboscados", en Matienzo, término municipal de Ruesga,

y a tal efecto insta al Consejo de Gobierno de Cantabria dicha declaración,

haciéndole constar que se han cumplimentado todos los trámites

preceptivos en la incoación e instrucción del expediente.

En su virtud y de acuerdo con lo establecido en el artÃculo 24.17 de

la Ley Orgánica 8/1981, de 30 de diciembre, del Estatuto de AutonomÃa

para Cantabria, reformado por la Ley Orgánica 11/1988, de 30 de diciembre,

y en el artÃculo 19 de la Ley 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio

Cultural de Cantabria, a propuesta del Consejero de Cultura, Turismo

y Deporte, previa deliberación del Consejo de Gobierno de Cantabria en

su reunión del dÃa 26 de febrero de 2004, dispongo:

ArtÃculo 1. Delimitar el entorno de protección del bien de interés

cultural declarado la "Cueva de los Emboscados", en Matienzo, término

municipal de Ruesga.

Disposición adicional única.-Se faculta al excelentÃsimo señor

Consejero de Cultura, Turismo y Deporte para la realización de cuantos actos

sean necesarios para la efectividad de este Decreto.

Disposición final única.-El presente Decreto entrará en vigor al dÃa

siguiente de su publicación.

Santander, 26 de febrero de 2004.-El Presidente, Miguel Ángel Revilla

Roiz.-El Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, Francisco Javier López

Marcano.

ANEXO

Delimitación del entorno de protección

La delimitación comienza en la carretera autonómica CA-266,

aproximadamente en la mitad entre los puntos kilométricos 17 y 18

(coordenada 1). De ahà avanza por la carretera en dirección NO unos 250 metros

para continuar en lÃnea recta atravesando una zona de monte y volver

a enlazar con la carretera 200 metros...

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