DECRETO 237/1999, de 29 de julio, por el que se declara bien de interés cultural, con categoría de sitio histórico, a favor de las islas de San Simón y San Antonio, sitas en el municipio de Redondela, provincia de Pontevedra.
Marginal | BOE-A-1999-19508 |
Sección | III - Otras Disposiciones |
Emisor | Comunidad Autónoma de Galicia |
Rango de Ley | Decreto |
Con fecha 26 de abril de 1999 se publicó una Resolución de 2 de marzo,
de la Dirección General de Patrimonio Cultural, por la que se incoaba
expediente para la declaración de bien de interés cultural, con categoría
de sitio histórico, a favor de las islas de San Simón y San Antonio, sitas
en el municipio de Redondela, provincia de Pontevedra.
La tramitación del expediente se llevó a cabo de acuerdo con la
Ley 8/1995, de 30 de octubre, del Patrimonio Cultural de Galicia ("Diario
Oficial de Galicia" de 8 de noviembre), y demás disposiciones concordantes.
A propuesta del Consejero de Cultura, Comunicación Social y Turismo,
y previa deliberación del Consejo de la Junta de Galicia del día 29 de
julio de 1999, dispongo:
Primero.-Declarar bien de interés cultural, con categoría de sitio
histórico, a favor de las islas de San Simón y San Antonio, sitas en el municipio
de Redondela, provincia de Pontevedra.
Segundo.-La zona de la delimitación es la comprendida en el anexo I
y en el plano del anexo II.
Tercero.-El presente Decreto será notificado al Registro General de
Bienes de Interés Cultural del Estado, al Registro de Bienes de Interés
Cultural de Galicia, al municipio y a los interesados.
El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente a su publicación
en el "Diario Oficial de Galicia".
Santiago de Compostela, 29 de julio de 1999.-El Presidente, Manuel
Fraga Iribarne.-El Consejero de Cultura, Comunicación Social y Turismo,
Jesús Pérez Varela.
El contorno de protección de las islas de San Simón y San Antonio,
de Redondela, quedará definido por la línea que une los puntos A-B-C-D,
siendo:
A-B: Tramo de la envolvente equidistante 500 metros del contorno de
las islas, desde el punto norte hasta el punto suroeste.
B-C: Línea que une este punto con la Punta Cantoira.
C-D: Línea coincidente con la línea de pleamar máxima viva equinocial,
uniendo la Punta...
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