DECRETO 142/2001, de 12 de junio, por el que se declara bien de interés cultural, con la categoría de monumento, la Casa del Marqués de Arizón, en Sanlúcar de Barrameda (Cádiz).

MarginalBOE-A-2001-15983
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorComunidad Autonóma de Andalucia
Rango de LeyDecreto
  1. El artículo 13.27 de la Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, del Estatuto de Autonomía para Andalucía, establece la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma en materia de patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico y el artículo 6.a) de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, determina que se entenderán como Organismos competentes para la ejecución de la Ley, 'los que en cada Comunidad Autónoma tengan a su cargo la protección del patrimonio histórico'.

    Asimismo, el artículo 2 del Decreto 4/1993, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, atribuye a la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía la competencia en la formulación, seguimiento y ejecución de la política andaluza de Bienes Culturales, referida a la tutela, enriquecimiento y difusión del Patrimonio Histórico Andaluz, siendo, de acuerdo con el artículo 3.3 del citado Reglamento, la Consejera de Cultura, el órgano competente para proponer al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, la declaración de Bienes de Interés Cultural y competiendo, según el artículo 1.1, a este último, dicha declaración.

  2. La Casa del Marqués de Arizón, ubicada en Sanlúcar de Barrameda (Cádiz), reúne valores de diversa índole. Su monumentalidad y su pertenencia a un grupo de casas, edificadas en los siglos XVII y XVIII que son las que otorgan a la ciudad una imagen majestuosa, le confieren una fuerte presencia urbana.

    Arquitectónicamente, es un inmueble fundamental para el conocimiento de la arquitectura residencial barroca, tanto sanluqueña como gaditana, como uno de los mejores exponentes de la tipología de doble casa de patio central con construcciones anexas dedicadas (almacenaje de mercancías), antaño, al comercio americano. En este sentido, la Casa Arizón reviste un interés excepcional al constituir el único conjunto completo de esta doble funcionalidad (residencia y almacenaje).

    Desde el punto de vista histórico, el edificio supone un testimonio muy significativo para conocer el relevante papel de Sanlúcar de Barrameda en el complejo entramado de las relaciones comerciales con América durante los siglos XVII y XVIII.

  3. La Dirección General de Bienes Culturales, de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía por Resolución de 2 de febrero de 1989 (publicada en el 'Boletín Oficial de la Junta de Andalucía' número 19, de 7 de marzo de 1989, y notificada al Ayuntamiento de Sanlúcar, al propietario del inmueble y a los interesados en el procedimiento), incoó expediente de declaración de Monumento como Bien de Interés Cultural, a favor del inmueble del Marqués de Casa Arizón, en Sanlúcar de Barrameda (Cádiz), siguiendo su tramitación según lo establecido en la Ley 16/1985, de 25 de junio, del...

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