Orden CIN/1862/2009, de 7 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas a la ciencia y tecnología en la línea instrumental de actuación de infraestructuras científico-tecnológicas, del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica, 2008-2011 y se efectúa la convocatoria correspondiente a 2009 de ayudas para algunas de sus modalidades de actuación.

Fecha de Entrada en Vigor12 de Julio de 2009
MarginalBOE-A-2009-11558
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Ciencia e Innovación
Rango de LeyOrden

I

El Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica, 2008-2011, aprobado por acuerdo del Consejo de Ministros de 14 de septiembre de 2007, es el instrumento de programación con que cuenta el sistema español de ciencia y tecnología y en el que se establecen los objetivos y prioridades de la política de investigación e innovación a medio plazo.

En la actualidad, este ejercicio de planificación se inscribe dentro del marco de referencia que representa la Estrategia Nacional de Ciencia y Tecnología (ENCyT), adoptada por el Presidente del Gobierno y los Presidentes de las comunidades autónomas el 11 de enero de 2007, cuyo escenario a 2015 presenta los siguientes principios básicos que deben guiar todas las actuaciones de I+D+i y, por lo tanto, las financiadas al amparo del plan nacional: en primer lugar poner las actividades de investigación e innovación al servicio de los ciudadanos, del bienestar social y de un desarrollo sostenible, con plena e igual incorporación de la mujer; en segundo constituirse en un factor de mejora de la competitividad empresarial y en tercer lugar ser un elemento esencial para la generación de nuevos conocimientos.

Por su parte, para el cumplimiento de sus objetivos, el Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica, 2008-2011 establece una estructura basada en cuatro áreas: la primera, de generación de conocimientos y capacidades; la segunda, de fomento de la cooperación en investigación y desarrollo (I+D); la tercera, de desarrollo e innovación tecnológica sectorial; y la cuarta de acciones estratégicas, todas ellas afectan a la presente disposición.

Para dar cumplimiento a esos objetivos el nuevo Plan contempla seis Líneas Instrumentales de Actuación, entre las que se encuentra la línea destinada a Infraestructuras Científico-Tecnológicas, que es la que se regula mediante la presente orden.

II

La Orden PRE/660/2008 de 7 de marzo (BOE nº 62, de 12 de marzo) estableció las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas a la ciencia y la tecnología en la línea instrumental de actuación de infraestructuras científico tecnológicas, del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2008-2011. No obstante, en relación con los tipos de ayudas en el tiempo mediado desde su puesta en aplicación hasta la actualidad han ocurrido cambios de importancia en los tipos de ayuda, en los posibles beneficiarios y en el modo de evaluación de las solicitudes que han recomendado la elaboración y puesta en aplicación de la presente Orden de Bases.

Adicionalmente, la presente orden de bases toma en consideración las reestructuraciones ministeriales como consecuencia del Real Decreto 432/2008, de 12 de abril, de reestructuración Ministerial y del Real Decreto 1183/2008 por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Ciencia e Innovación, de 11 de julio, así como el Real Decreto 640/2009, de 17 de abril, por el que se desarrolla el Real Decreto 542/2009, de 7 de abril, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales y se modifica el Real Decreto 438/2008, de 14 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, así como el Real Decreto 1042/2009, de 29 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Ciencia e Innovación, que han producido cambios en los órganos competentes para convocar, instruir y resolver, y en relación a la comisiones de selección y evaluación, respecto de su regulación contenida en las bases reguladoras.

Esta orden ha sido elaborada teniendo también en consideración la nueva Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, la nueva normativa comunitaria sobre ayudas estatales a la investigación y, como no podía ser de otra forma, toda la legislación vigente aplicable, entre ella los relativamente recientes Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el Reglamento de esa Ley, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

Todo ello ha hecho que esta orden contemple una gran variedad de nuevas opciones y posibilidades que podrán ser empleadas en convocatorias que se realicen en su desarrollo.

Esta orden se dicta en ejercicio de la competencia exclusiva de fomento y coordinación general de la investigación científica y técnica, reconocida al Estado por el artículo 149.1.15.ª de la Constitución Española.

III

Esta Orden de Bases regula la concesión de ayudas de los siguientes Subprogramas de la Línea Instrumental de Actuación (LIA) de infraestructuras científico-tecnológicas de Articulación e Internacionalización del Sistema:

a) Subprograma de diseño, viabilidad, acceso y mejora de Instalaciones Científica y Tecnológicas Singulares (en adelante, ICTS).

b) Subprograma de actuaciones científicas y tecnológicas en parques científicos y tecnológicos (en adelante, ACTEPARQ).

c) Subprograma de creación y consolidación de centros tecnológicos (en adelante, CREA).

d) Subprograma para adquisición de infraestructura científico-técnica en los centros de I+D+i agroalimentaria dependientes del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (en adelante, INIA) y de las Comunidades Autónomas.

e) Subprograma proyectos de infraestructura científico-tecnológica cofinanciadas con el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (en adelante, FEDER).

Han emitido informe la Abogacía del Estado y la Intervención Delegada en el Departamento proponente, así como la Secretaría General Técnica.

En su virtud, dispongo:

TÍTULO I

Disposiciones comunes a todos los subprogramas

CAPÍTULO I
Disposiciones generales Artículos 1 a 184
Artículo 1 Objeto y ámbito material de aplicación.
  1. La presente orden tiene por objeto la aprobación de las bases reguladoras de las ayudas públicas de la Línea Instrumental de Actuación de Infraestructuras Científico-Tecnológicas, del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica, 2008-2011.

  2. El ámbito de aplicación de estas bases reguladoras comprende las ayudas definidas en los siguientes subprogramas:

a) Subprograma de diseño, viabilidad, acceso y mejora de Instalaciones Científica y Tecnológicas Singulares (en adelante, ICTS).

b) Subprograma de actuaciones científicas y tecnológicas en parques científicos y tecnológicos (en adelante, ACTEPARQ).

c) Subprograma de creación y consolidación de centros tecnológicos (en adelante, CREA).

d) Subprograma para adquisición de infraestructura científico-técnica en los centros de I+D+i agroalimentaria dependientes del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (en adelante, INIA) y de las Comunidades Autónomas.

e) Subprograma proyectos de infraestructura científico-tecnológica cofinanciadas con el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (en adelante, FEDER).

Artículo 2 Finalidad de las ayudas.

La Línea Instrumental de Infraestructuras Científicas y Tecnológicas reagrupa los instrumentos cuyos objetivos estratégicos son incrementar las capacidades españolas en términos de infraestructuras científico-tecnológicas, crear las óptimas condiciones de aprovechamiento de éstas y contribuir a su construcción y explotación por el conjunto de los agentes del Sistema Español de Ciencia, Tecnología y Empresa. El objeto de estas ayudas es incrementar la capacidad de las infraestructuras científico-tecnológicas, promoviendo su creación, mejorando su mantenimiento y optimizando su uso por todos los agentes del sistema, así como potenciar la participación española en las grandes instalaciones internacionales.

Artículo 3 Régimen de concesión y normativa aplicable.
  1. La concesión de las ayudas previstas en la presente orden se realizará en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación y eficacia y eficiencia establecidos en el artículo 8.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante Ley General de Subvenciones).

  2. Las ayudas previstas en esta orden están sometidas a las disposiciones contenidas en esta orden y en las convocatorias correspondientes, y a las normas de derecho nacional que le sean aplicables, entre ellas:

    a) La Ley General de Subvenciones.

    b) Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

    c) El Reglamento de la Ley General...

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