Resolución de 25 de mayo de 1983, de la Dirección General de Educación Básica, por la que se dictan instrucciones y se regula el final del presente curso escolar y el comienzo del próximo y se articula el Plan de Centros.

MarginalBOE-A-1983-15297
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Educacion y Ciencia
Rango de LeyResolución

Ante la próxima terminación del curso 82-83 y el comienzo del 83-84, se ha considerado conveniente desarrollar y mejorar los mecanismos de participación del Profesorado en el funcionamiento de los Centros, e introducir una sistematización en el trabajo desarrollado en los mismos, por medio del diseño y articulación de una programación de las actividades educativas del Centro o Plan de Centro que sirva de referencia a la labor que se realice durante el curso.

El hecho de que la mayor parte de los Centros de Educación General Básica y Educación Especial no dispongan en la actualidad de una programación o plan, condiciona la elaboración de una Memoria de la vida del Centro durante este curso que se está terminando, entendiendo por Memoria la reflexión sobre las actividades realizadas contrastada con una programación previa. No obstante, parece que aun con las limitaciones expresadas, resulta conveniente que los claustros de Profesores reflexionen o intercambien sus opiniones acerca de los resultados obtenidos por el Centro y lo recojan en un documento conjunto.

Igualmente se considera oportuno regular los aspectos referentes a la evaluación de alumnos en convocatoria extraordinaria, así como adscripción del Profesorado a comienzos del curso.

En consecuencia, esta Dirección General ha dispuesto lo siguiente:

  1. FINAL DE CURSO

    1. Durante la última semana del curso 82-83 los claustros de Profesores de los Centros de Educación General Básica y de Educación Especial se reunirán con el fin de evaluar los resultados obtenidos por el Centro durante el curso, siendo objeto de especial referencia la valoración del rendimiento académico de los alumnos en los distintos ciclos; la adecuación del proceso educativo a las necesidades de los alumnos y al medio sociocultural en que está inserto el Centro, el análisis de los tipos de organización utilizados y su eficacia; el tipo y empleo de los medios y recursos didácticos; la forma en que la evaluación se ha efectuado, así como de los sistemas y medios utilizados para atender a las necesidades concretas del aprendizaje de los alumnos.

    2. Las opiniones y criterios manifestados en el Claustro serán recogidos en un documento que, dirigido y coordinado por el Director, será informado por el Consejo de Dirección.

    3. Las Asociaciones de Padres de Alumnos podrán emitir por escrito un informe debidamente razonado sobre las actividades educativas del Centro y Profesorado.

    4. El documento, acompañado de los informes...

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