Orden EHA/4091/2005, de 27 de diciembre, sobre delegación de la inspección del Impuesto sobre Actividades Económicas.

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Enero de 2006
MarginalBOE-A-2005-21498
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Economia y Hacienda
Rango de LeyOrden

Orden EHA/4091/2005, de 27 de diciembre, sobre delegación de la inspección del Impuesto sobre Actividades Económicas.

El apartado 3 del artículo 91 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, establece la posibilidad de delegar la inspección del Impuesto sobre Actividades Económicas, en los términos que se disponga por el Ministro de Economía y Hacienda, en los Ayuntamientos, Diputaciones Provinciales, Cabildos o Consejos Insulares, Comunidades Autónomas y otras Entidades Locales Menores reconocidas por las Leyes, que lo soliciten.

El artículo 18 del Real Decreto 243/1995, de 17 de febrero, por el que se dictan normas para la gestión del Impuesto sobre Actividades Económicas y se regula la delegación de competencias en materia de gestión censal de dicho Impuesto, dispone que las solicitudes deberán presentarse antes del 1 de octubre del año inmediato anterior a aquél en el que hayan de surtir efecto, y que la delegación se llevará a efecto mediante Orden del Ministro de Economía y Hacienda publicada en el «Boletín Oficial del Estado» antes del inicio del año natural en el que haya de surtir efecto.

Finalizado el plazo para presentar las solicitudes que surtirán efecto desde el día 1 de enero del 2006, procede resolver las peticiones recibidas.

En su virtud, dispongo:

Primero. Delegación de la inspección del Impuesto sobre Actividades Económicas a Ayuntamientos.-Se concede la delegación de la inspección del Impuesto sobre Actividades Económicas, con los límites y condiciones establecidos en la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda, de 10 de junio de 1992, por la que se desarrolla la delegación y colaboración en la inspección del Impuesto sobre Actividades Económicas, y con efectos de 1 de enero del 2006, a los siguientes Ayuntamientos:

Banyoles (Girona).

Castro Urdiales (Cantabria).

Málaga.

Museros (Valencia).

Segundo. Delegación de la inspección del Impuesto sobre Actividades Económicas a una Diputación.-Se concede la delegación de la inspección del Impuesto sobre Actividades Económicas, con los límites y condiciones establecidos en la Orden de 10 de junio de 1992, y con efectos de 1 de enero del 2006, a la siguiente Diputación:

Diputación de Barcelona:

Para los Ayuntamientos de:

San Cugat del Vallés

Vacarisses

Tercero. Renuncia a la delegación de la inspección...

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