RESOLUCION DE 20 DE SEPTIEMBRE DE 1994, de la Direccion general del Instituto nacional de Investigacion y Tecnologia agraria y alimentaria (inia), por la que se establecen los Precios correspondientes a la Realizacion de Trabajos de Caracter cientifico o de asesoramiento tecnico y Otras actividades del Organismo.
Marginal: | BOE-A-1994-21583 |
Sección: | I - Disposiciones Generales |
Emisor: | Ministerio de Educacion y Ciencia |
Rango de Ley: | Resolución |
La Ley 13/1986, de 14 de abril, sobre fomento y coordinación general de la investigación científica y técnica, confiere a este instituto la condición de Organismo Público de Investigación, y le clasifica como Organismo Autónomo Comercial; la propia Ley señala qué ingresos habrán de tener la condición de comerciales. Por su parte, la Ley 8/1989, de 13 de abril, de tasas y precios públicos, establece los criterios y normas sobre el concepto, cuantía, fijación y administración de los precios públicos. Los servicios que presta este instituto y las actividades que desarrolla tienen claramente las características referidas por esta Ley para que la contraprestación económica que se requiera se configure como precio público.
En su virtud, y conforme a lo previsto en el artículo 26.1 b) de la Ley 8/1989, previa autorización del Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, de 19 de septiembre de 1994, esta Dirección General resuelve:
Primero.-Tendrán la consideración de ingresos comerciales los recursos económicos derivados de los contratos celebrados por este instituto con entidades públicas y privadas, o con personas físicas, para la realización de trabajos de carácter científico, para la cesión de derechos de la propiedad industrial o intelectual, o para el desarrollo de cursos de especialización.
Segundo.-Cuando se solicite la realización por este instituto de trabajos de carácter científico o asesoramiento técnico, cuyo desarrollo requiera determinar específicamente la dedicación de personal investigador, la utilización de equipo y bienes inventariables, el uso de instalaciones y la realización de desplazamientos, el centro de investigación correspondiente formulará, y recabará la aprobación de la Subdirección General de Investigación y Tecnología, un presupuesto dentro del protocolo para el desarrollo del trabajo, que será sometido a la institución o entidad demandante de la actividad. Para la tramitación de los convenios de colaboración, en los que se incluirán los citados protocolo y presupuesto, se seguirá la normativa específica sobre esta materia.
Tercero.-A efectos de la formulación del presupuesto, las cuantías unitarias que se tomarán en consideración serán las siguientes:
-
Valoración de tiempo de un investigador y personal de apoyo: 6.000.000 de pesetas/año.
-
Valoración de tiempo de personal laboral de necesaria contratación. Se aplicarán las previsiones del Convenio Colectivo del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y sus organismos autónomos, que en la fecha presente son las siguientes:
Nivel 1: 3.641.923 pesetas.
Nivel 2: 2.919.988 pesetas.
Nivel 3: 2.394.606 pesetas.
Nivel 4: 2.180.383 pesetas.
Nivel 5: 2.075.981 pesetas.
Nivel 6: 1.892.071 pesetas.
Nivel 7: 1.819.993 pesetas.
Nivel 8: 1.735.160 pesetas.
-
Valoración del tiempo de utilización de equipos y bienes inventariables: Según precio de adquisición del equipo a utilizar, correspondiendo un período de amortización de cinco años. En el caso de precisarse la adquisición de un equipo específico para la realización del trabajo, su coste de adquisición.
-
Valoración por uso de instalaciones:
Laboratorios y animalarios del PIII (CISA): 500.000 pesetas/mes.
Resto de laboratorios y talleres: 150.000 pesetas/mes.
-
Costes por la realización de viajes: Los resultantes de la aplicación de la actual normativa sobre comisiones de servicios (Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo, de indemnizaciones por razón de servicio).
-
Valoración de productos consumibles: Por su coste de adquisición para el organismo.
Cuarto.-Quedan excluidos de esta Resolución los proyectos de investigación y otras actividades seleccionados mediante convocatorias efectuadas por instituciones nacionales e internacionales que se regirán por las normas establecidas en la convocatoria.
Quinto.-A la realización de trabajos de asesoramiento técnico que por su reiteración y desarrollo no complejo permiten su tipificación previa se aplicará el anexo de la presente Resolución.
Sexto.-La formulación del presupuesto vendrá en todo caso cuantificada en pesetas; el ingreso de las cantidades correspondientes se efectuará en la cuenta corriente del organismo en el Banco de España.
Séptimo.-La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el
. Madrid, 20 de septiembre de 1994.-La Directora general, Alicia Villauriz Iglesias.
ANEXO
TRABAJOS DE ASESORAMIENTO TECNICO TIPIFICADOS
Subdirección General de Investigación y Tecnología
CENTRO DE INVESTIGACION Y TECNOLOGIA AREA DE REPRODUCCION ANIMAL
Descripción del ensayo:
Laboratorio de Manipulación de Embriones
Total - Pesetas (+)
Transferencia quirúrgica embriones caprino, ovino / 10.000
Congelación embriones caprino (20) ovino, caballo / 19.000
Crioconservación estripe ratón por embriones congelados. / 32.000
Transferencia embriones receptora en ratona / 2.000
Microinyección en pronúcleos 100 embriones de ratón / 35.000
Determinación calidad componentes para cultivo de embriones / 29.000
Test de penetración heteróloga en ovocito de hámster / 28.000
Recogida de embriones de cerda / 68.000
Recogida y transferencia de embriones de cerda / 95.000
Recogida embriones bovinos, con tratamiento de superovulación / 56.000
Transferencia embriones bovino / 7.000
Tratamiento de sincronización de verraco / 5.000
Congelación de embriones vacuno / 9.000
Descripción del ensayo:
Laboratorio de Contrastación de Semen
Total - Pesetas (+)
Seminograma cuantitativo del semen de cerdo / 2.000
Seminograma cualitativo del semen de cerdo / 2.000
Seminograma completo del semen de cerdo / 4.000
Test de resistencia osmótica / 7.000
Test de penetración en ovocito de hámster dorado / 54.000
Capacitación de semen de cerdo / 40.000
Congelación de semen de cerdo (una dosis) / 18.000
Refrigeración de semen de cerdo (una dosis) / 4.000
Diálisis de semen de cerdo (una dosis) / 12.000
Contrastación seminal macho cabrío o morueco / 3.000
Congelación 10 dosis semen caprino / 10.000
Tratamiento superovulación caprino / 24.000
Recogida quirúrgica embriones caprino / 12.000
Sincronización celo caprino, ovino / 3.000
Vasectomía ratón / 2.000
Capacitación semen / 23.000
Descripción del ensayo:
Laboratorio de Bioquímica
Total Pesetas (+)
Fructosa en semen / 6.000
Fructosa en plasma seminal / 5.000
Acido cítrico en semen / 6.000
Acido cítrico en plasma seminal / 5.000
Proteínas en semen / 6.000
Proteínas en plasma seminal / 5.000
Aspartato amino transferasa en semen / 7.000
Aspartato amino transferasa en plasma seminal / 6.000
Fosfatasa alcalina en semen / 7.000
Fosfatasa alcalina en plasma seminal / 6.000
Fosfatasa ácida en semen / 7.000
Fosfatasa ácida en plasma seminal / 6.000
Lactato deshidrogenasa en semen / 7.000
Lactato deshidrogenasa en plasma seminal / 6.000
Maltasa en semen / 7.000
Maltasa en plasma seminal / 6.000
Cationes en plasma seminal / 7.000
Fosfolípidos UPLC / 6.000
Descripción del ensayo:
Laboratorio de Alimentación Animal
Total - Pesetas (+)
Determinación de N. total (Kieldahl) / 3.000
Determinación de N. amoniacal / 3.000
Materia seca / 2.000
Cenizas / 2.000
Grasa / 3.000
Acidez de la grasa / 2.000
Indice de peróxidos / 2.000
Fibras (FAD, FND, FB), cada una / 3.000
Lignina / 3.000
Energía bruta / 2.000
Macro y microminarales, cada uno / 5.000
Análisis micrográfico de piensos / 2.000
Cloruros en piensos / 2.000
Digestibilidades en vitro, cada uno / 4.000
PH
1.000
Urea 4.000 Formulación de raciones
6.000
Descripción del ensayo:
Laboratorio de Bacteriología
Total
-
Pesetas (+)
Diagnóstico de infecciones bacterianas en animales domésticos, en vivo o
: Anamnesis y diagnóstico anatomopatológico / 6.000
Diagnóstico cultural y morfológico / 9.000
Diagnóstico bioquímico y serológico (antígenos) / 13.000
Diagnóstico biológico con animales de laboratorio / 14.000
Diagnóstico serológico con suero del animal:
Aglutinación / 3.000
Fijación de complemento / 15.000
ELISA / 9.000
Diagnóstico por tinciones específicas:
Ziehl, Stamp...
/ 3.000
Producción de sueros para diagnóstico, prevención, terapéuticos / 115.000
Producción de antígenos para diagnósticos de rutina / 25.000
Producción de vacunas para prevención / 115.000
Liofilización de cepos para comercialización / 32.000
Realización de antibiogramas y sulfamidogramas / 21.000
Clasificación sistemática...
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