Orden DEF/1314/2008, de 29 de abril, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Oficiales de Arsenales de la Armada.

MarginalBOE-A-2008-8329
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Defensa
Rango de LeyOrden

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 66/2008, de 25 de enero (B.O.E. del día 30), por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2008, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública,

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Oficiales de Arsenales de la Armada.

La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 4 de marzo de 2005, por el que se aprueba el Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes:

Bases comunes

Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre (Boletín Oficial del Estado de 27 de noviembre).

Bases específicas

  1. Descripción de las plazas

    Se convoca proceso selectivo para cubrir 15 plazas del Cuerpo de Oficiales de Arsenales de la Armada, Código 0424, por el sistema general de acceso libre.

    Del total de estas plazas 7 se reservan para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 8/2006, de 24 de abril de Tropa y Marinería.

    Las plazas sin cubrir del cupo de reserva a militares profesionales, se acumularán al cupo de plazas de acceso general.

    Asimismo, del total de estas plazas se reserva 1 para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de minusvalía igual o superior al 33%.

    La plaza no cubierta en el cupo de reserva para personas con discapacidad no se acumulará a las de acceso general.

    El conjunto de plazas ofertado se distribuye por áreas de especialización y localización geográfica en la forma en que se relaciona a continuación:

    Rama

    Especialidad

    Total plazas

    Plazas

    acceso general

    Plazas reserva militar

    Plazas

    reserva minusvalía

    Localización plazas

    Electricidad.

    Instalador Montador.

    3

    1

    2

    -

    Cuartel General de la Armada (Madrid).

    Arsenal de Ferrol (Ferrol-A Coruña).

    Arsenal de Cartagena (Cartagena-Murcia).

    Artes Gráficas.

    Impresión.

    3

    1

    2

    -

    Cuartel General de la Armada (Madrid), (dos plazas).

    Escuela de Suboficiales (San Fernando-Cádiz) (una plaza).

    Automovilismo.

    Electricidad del Automóvil.

    1

    1

    -

    -

    Parque de Automóviles N1 de Madrid (Madrid).

    Automovilismo.

    Mecánica del Automóvil.

    4

    1

    2

    1

    Parque de Automóviles N1 de Madrid (Madrid) (dos plazas).

    Parque de Automóviles N4 de Cartagena (Cartagena-Murcia), (una plaza).

    Instalaciones del Segundo Escalón de Mantenimiento en Rota (Rota-Cádiz) (una plaza).

    Metal.

    Soldador Chapista.

    2

    1

    1

    -

    Parque de Automóviles N2 de Ferrol (Ferrol-A Coruña), Parque de Automóviles N3 de San Fernando (San Fernando-Cádiz).

    Metal.

    Calefactor Fontanero.

    1

    1

    -

    -

    Base Naval de Rota (Rota-Cádiz).

    Construcción.

    Oficial de la Construcción.

    1

    1

    -

    -

    Arsenal de La Carraca (San Fernando-Cádiz).

    Total plazas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

    15

    7

    7

    1

    A los efectos de participación en los procesos selectivos correspondientes a las plazas reservadas a militares profesionales, se entenderá que los servicios prestados en las especialidades que a continuación se relacionan, guardan relación con las funciones a desempeñar en los puestos a los que se opta.

    Rama

    Especialidad

    Relación de especialidades que guardan relación con las funciones a desempeñar en los puestos a los que se opta (OM 15/2000, de 21 de enero - BOD n.º 19, de 28 de enero)

    Electricidad.

    Instalador Montador.

    Ejército de Tierra: Electricidad.

    Armada: Mecánica, Electricidad, Electrónica.

    Ejército del Aire: Mecánico de Telecomunicaciones y Electrónica.

    Artes Gráficas.

    Impresión.

    Ejército de Tierra: Cartografía e Imprenta.

    Armada: Ninguna.

    Ejército del Aire: Operaciones Aéreas (Especialidad de origen Cartografía e Imprenta).

    Automovilismo.

    Mecánica del Automóvil.

    Ejército de Tierra: Mantenimiento de Vehículos.

    Armada: Automoción, Mecánica.

    Ejército del Aire: Mantenimiento de Vehículos.

    Metal.

    Soldador Chapista.

    Ejército de Tierra: Chapa y Soldadura.

    Armada: Ninguna.

    Ejército del Aire: Instalaciones.

  2. Proceso selectivo

    El proceso selectivo constará de una fase de oposición y otra de concurso, con las pruebas, puntuaciones y méritos que se especifican en el Anexo I.

  3. Programa

    El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como Anexo II a esta convocatoria.

  4. Titulación

    Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Graduado Escolar, Bachiller elemental, Enseñanza secundaria obligatoria LOGSE, Formación profesional de primer grado. De acuerdo con lo dispuesto en la Orden del Ministerio de Educación y Ciencia de 4 de febrero de 1986, se consideran equivalentes los títulos académicos oficiales de Graduado Escolar y el Certificado de Estudios Primarios expedido con anterioridad a la finalización del año académico 1975-1976. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación, o convalidación, en su caso.

  5. Nacionalidad

    Sólo podrán participar los candidatos de nacionalidad española, según lo establecido en el Anexo del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo.

  6. Requisitos específicos para el cupo de reserva para personal militar

    El personal que participe en este proceso selectivo optando a alguna de las plazas del cupo de reserva a militares profesionales deberá haber cumplido, como mínimo, cinco años de servicio en las Fuerzas Armadas como militar profesional de tropa y marinería, debiendo acreditar que durante ese periodo los servicios prestados, aptitudes, o titulaciones adquiridas como militar guardan relación con las funciones correspondientes a la plaza a la que se opta. A tales efectos, por las Direcciones de Personal del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire se expedirá certificación a los interesados relativa al cumplimiento de este requisito, conforme al Anexo V de esta convocatoria. En la expedición del mencionado certificado, que se deberá adjuntar a la solicitud, se tendrá en cuenta lo dispuesto en la base específica 1, reflejándose en el apartado A) del anexo la especialidad o, en su caso, especialidades militares profesionales en las que se han prestado dichos servicios.

  7. Solicitudes

    7.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán hacerlo constar en el modelo de solicitud 790 que será facilitado gratuitamente en Internet en la página web www.060.es.

    7.2 La presentación de solicitudes se realizará en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». La solicitud se dirigirá a la Subsecretaria del Ministerio de Defensa.

    La no presentación de la solicitud en tiempo y forma determinará la exclusión de los aspirantes.

    7.3 La presentación se realizará por cualquiera de los medios siguientes:

    1. Los interesados podrán presentar solicitudes ante el Registro Telemático del Ministerio de Administraciones Públicas «Inscripción en procesos selectivos», a través de la dirección de Internet (www.map.es) o en el Portal del ciudadano (www.060.es).

      La presentación de solicitudes por esta vía conllevará en su caso el pago telemático de la tasa de derechos de examen.

      En aquellos casos que deba presentarse documentación adicional junto con la solicitud de participación telemática, de conformidad con lo previsto en las bases específicas, esta deberá ser aportada presencialmente en los lugares previstos en la letra siguiente.

    2. Igualmente, podrán presentarse en el Registro General del Ministerio de Defensa (Pso. de la Castellana, 109, 28071 Madrid), así como en los registros de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno de la Administración General del Estado, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado Duodécimo de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado.

      7.4 Pago de la tasa de derechos de examen: El ingreso del importe correspondiente a los derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

      En aquellos supuestos en los que se haya optado por realizar una presentación de solicitudes a través del Registro Telemático del Ministerio de Administraciones Públicas, el ingreso del importe se realizará en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, del Ministro de Hacienda, por la que se establecen los supuestos y condiciones generales para el pago por vía telemática de las tasas que constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, así como en sus...

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