Orden CIN/1483/2008, de 7 de mayo, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Ayudantes de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación.

MarginalBOE-A-2008-9323
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Ciencia e Innovación
Rango de LeyOrden

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 66/2008, de 25 de enero («Boletín Oficial del Estado» del 30, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2008, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública,

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso en la Escala de Ayudantes de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación.

La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española, la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 4 de marzo de 2005, por el que se aprueba el Plan para la Igualdad de Género en la Administración General del Estado, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes

Bases comunes

Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» número 284, de 27 de noviembre de 2007).

Bases específicas

  1. Descripción de las plazas

    1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir 53 plazas por el turno general y tres plazas por el turno para personas con discapacidad, de la Escala de Ayudantes de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación Código 5024 por el sistema general de acceso libre.

    1.2 La distribución por especialidades de las plazas convocadas por el turno general es la siguiente:

    Especialidad

    OPI/Destino

    N.º de plazas

    Ciencias Humanas y Sociales.

    CSIC

    6

    Diseño, Desarrollo y Control de Instalaciones y Equipos.

    CSIC

    4

    CIEMAT

    2

    Laboratorio y Técnicas de Biología.

    CSIC

    5

    ISCIII

    4

    INIA

    1

    Laboratorio y Técnicas de Química y Radioquímica.

    CSIC

    4

    CIEMAT

    3

    ISCIII

    1

    Laboratorio y Técnicas de Física y Electrónica.

    CSIC

    2

    Laboratorio y Técnicas de Materiales.

    CSIC

    2

    Laboratorio y técnicas de experimentación animal.

    CSIC

    1

    INIA

    1

    ISCIII

    1

    Laboratorio y técnicas de experimentación vegetal.

    CSIC

    2

    INIA

    2

    Laboratorio y técnicas de agroalimentación.

    CSIC

    1

    Laboratorio y técnicas de experimentación forestal.

    INIA

    1

    Laboratorio y Técnicas de Experimentación Oceanográfico-Pesquera.

    IEO

    3

    Laboratorios y técnicas de Infraestructura Geocientífica.

    IGME

    7

    1.3 La distribución por especialidades de las tres plazas por las que podrán concurrir los aspirantes que participen en el proceso selectivo por el cupo de reserva para personas con discapacidad, es la siguiente:

    Especialidad

    OPI/Destino

    Ciencias Humanas y Sociales .

    CSIC

    Diseño, Desarrollo y Control de Instalaciones y Equipos.

    CSIC

    Laboratorio y Técnicas de Biología .

    CSIC

    Laboratorio y Técnicas de Química y Radioquímica .

    CSIC

    Laboratorio y Técnicas de Física y Electrónica .

    CSIC

    Laboratorio y Técnicas de Materiales .

    CSIC

    Laboratorio y técnicas de experimentación animal .

    CSIC

    Laboratorio y técnicas de experimentación vegetal .

    CSIC

    Laboratorio y técnicas de agroalimentación .

    CSIC

    Las plazas del cupo de reserva para personas con discapacidad serán adjudicadas, de entre los aspirantes que por dicho cupo hayan aprobado el proceso selectivo, a aquellos candidatos que mayor puntuación final obtengan, con independencia de la especialidad por la que concurran.

    1.4 En el supuesto que en alguna de las plazas de las especialidades quedara desierta, el Tribunal podrá proponer al Órgano convocante que dicha plaza se destine a incrementar el número de las inicialmente previstas para especialidad distinta.

  2. Proceso selectivo

    El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.

  3. Programas

    El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II a esta convocatoria.

  4. Titulación

    Estar en posesión o en condiciones de obtener el Título de Bachiller-LOE, Bachiller-LOGSE, Bachillerato Unificado Polivalente, Bachiller Superior, Técnico, o tener aprobadas las pruebas de acceso a la Universidad para mayores de veinticinco años. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación, o convalidación en su caso.

  5. Solicitudes

    5.1 Quienes deseen tomar parte en el proceso selectivo deberán hacerlo constar en el modelo de solicitud 790 que será facilitado gratuitamente en Internet en la página web www.060.es.

    5.2 La solicitud se presentará en el Registro General del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas (Avda. de la Complutense, 22, 28040 Madrid), así como en los registros de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno de la Administración General del Estado, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado duodécimo de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado.

    5.3 Pago de la tasa de derechos de examen: El ingreso del importe correspondiente a los derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

    5.4 En todo caso, la solicitud deberá presentarse en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y se dirigirá a la Secretaría de Estado de Investigación. La no presentación de esta en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

    5.5 Los aspirantes sólo podrán participar por una de las especialidades previstas en las bases de esta convocatoria y se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo IV.

  6. Tribunal

    6.1 Los Tribunales calificadores de este proceso selectivo son los que figuran como anexo III a esta convocatoria.

    6.2 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.

    Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.

    6.3 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Centro Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas, avenida de la Complutense, n.º 22, 28040 Madrid, teléfono 913466000/01, dirección de correo electrónico: empleo.rrhh@ciemat.es.

  7. Norma final

    Al presente proceso selectivo le serán de aplicación la Ley 7/2007, de 12 de abril, por la que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.

    Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la señora Ministra de Ciencia e Innovación en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

    Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

    Madrid, 7 de mayo de 2008.-La Ministra de Ciencia e Innovación, Cristina Garmendia Mendizábal.

ANEXO I

Descripción del proceso selectivo

  1. Proceso selectivo:

    Con carácter previo al inicio de la fase de oposición, los aspirantes que no posean la nacionalidad española y su conocimiento del castellano no se deduzca de su origen deberán acreditar el conocimiento del castellano mediante la realización de una prueba, en la que se comprobará que poseen un nivel adecuado de comprensión y expresión oral y escrita en esta lengua.

    Quedan eximidos de realizar esta prueba quienes estén en posesión del diploma de español de nivel superior o del diploma de español de nivel intermedio como lengua extranjera, regulado por el Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre. A tal efecto, deberán aportar, junto a la solicitud, fotocopia compulsada de dicho diploma. De no aportar esta documentación no podrán ser declarados exentos y deberán, por tanto, realizar la prueba a que se refiere el párrafo anterior.

    La prueba de conocimiento del castellano para los aspirantes que no posean la nacionalidad española se calificará como «apto» o «no apto», siendo necesario obtener la valoración de «apto» para realizar la oposición.

  2. La oposición estará formada por los siguientes ejercicios:

    Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito, en un tiempo máximo de una hora, un cuestionario de cincuenta preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas correcta, basado en...

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