Orden ECI/294/2005, de 1 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan ayudas para cursos de lengua inglesa, francesa o alemana en el extranjero durante el verano de 2005, para alumnos universitarios.

MarginalBOE-A-2005-2462
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educacion y Ciencia
Rango de LeyOrden

ORDEN ECI/294/2005, de 1 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan ayudas para cursos de lengua inglesa, francesa o alemana en el extranjero durante el verano de 2005, para alumnos universitarios.

El conocimiento de un idioma distinto del propio contribuye de forma esencial a la formación integral de los alumnos. Su aprendizaje se ha convertido en un objetivo fundamental de los sistemas educativos, tanto porque favorece la libre circulación y comunicación comopor exigencias del mercado de trabajo.

La experiencia demuestra que para obtener un buen conocimiento de otras lenguas es conveniente pasar algún período de tiempo en los países correspondientes. Dichas estancias constituyen el complemento idóneo para conseguir una mayor fluidez en el idioma que se estudia, al tiempo que poseen un gran valor formativo al poner a los alumnos en contacto con otras culturas.

No obstante, la posibilidad de sufragar los gastos ocasionados por los desplazamientos yestancias en otros países no está al alcance de numerosas familias españolas, por lo que se ha considerado conveniente establecer un sistema de ayudas específicas, dirigidas a colaborar en la financiación de estos gastos.

Por otra parte, en atención a la especificidad de estas ayudas las Bases Reguladoras para la concesión de estas subvenciones, se incluyen en la presente Orden Ministerial, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 23.2.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Por todo lo anterior, he dispuesto:

Primero.Se convocan hasta 1000 ayudas para la estancia y realización de un curso de lengua inglesa, francesa o alemana en el extranjero de, al menos, tres semanas de duración entre el 15 de julio y el15 de octubre de 2005.

Segundo.1. Podrán optar a estas ayudas los alumnos que hayan superado el cuarenta por ciento de la totalidad de la carga lectiva de sus estudios universitarios.

  1. Será requisito indispensable para obtener esta ayuda tener la condición de becario en este curso 2004/2005, de las becas convocadas por la Ordenes del Ministerio de Educación y Ciencia de 10 y 11 de junio de 2004 (Boletín Oficial del Estado de 12 de julio), o de las convocadas por Orden de 2 de junio de 2004, del Departamento de Educación, Universidades e Investigación del Gobierno Vasco (Boletín Oficial del País Vasco de 18 de junio).

  2. Los solicitantes deberán acreditar una nota media, en el curso 2003-2004, de 7,00 puntos de acuerdo con el cómputo previsto en las mencionadas Ordenes Ministeriales. En el caso de alumnos de Enseñanzas Técnicas, la nota obtenida por el alumno se multiplicará por un coeficiente corrector de 1,25 puntos.

  3. A los beneficiarios de estas ayudas no les será de aplicación la prohibición establecida en el artículo 13.2. de la Ley General de Subvenciones.

    Tercero.La cuantía de las ayudas a que se refiere la presente Orden ascenderá a un máximo de 1.600 , que se abonarán directamente a los alumnos...

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