ORDEN APA/3164/2002, de 11 de diciembre, por la que se establece y regula la base de datos informatizada Sistema Nacional de Identificación y Registro de los Movimientos de los Porcinos (SIMOPORC).
Fecha de Entrada en Vigor | 17 de Diciembre de 2002 |
Marginal | BOE-A-2002-24437 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentacion |
Rango de Ley | Orden |
El Real Decreto 1716/2000, de 13 de octubre, sobre normas sanitarias para el intercambio intracomunitario de animales de las especies bovina y porcina, dispone en sus artículos 11 y 12, para las Comunidades Autónomas que implanten en su territorio un sistema de redes de vigilancia epidemiológicas de cara a la lucha contra las enfermedades animales, la gestión de una base de datos informatizada que incluya la relación de las explotaciones porcinas y los movimientos de los animales porcinos. A su vez, la citada norma, en su artículo 13, faculta a la Dirección General de Ganadería del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación para integrar los sistemas autonómicos de redes de vigilancia en un Sistema Nacional, que se extienda a la totalidad del territorio español.
La Decisión de la Comisión 2000/678/CE, de 23 de octubre, establece las normas para el registro de explotaciones en las bases de datos nacionales sobre animales de la especie porcina contempladas en la Directiva 64/432/CEE del Consejo, incorporada al ordenamiento interno por el Real Decreto 434/1990, de 30 de marzo, por el que se establecen las condiciones sanitarias aplicables al comercio intracomunitario de animales vivos de la especie bovina y porcina, derogado y sustituido por el Real Decreto 1716/2000, de 13 de octubre.
En virtud de la disposición final primera del Real Decreto 1716/2000, que faculta al Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación para dictar las disposiciones técnicas necesarias para coordinar los sistemas autonómicos de redes de vigilancia epidemiológicas y crear un sistema Nacional de Redes, mediante la presente Orden se crea la base de datos informatizada 'Sistema Nacional de Identificación y Registro de los Movimientos Porcinos' (SIMOPORC).
La arquitectura del sistema será similar a la vigente para el Sistema Nacional de Identificación y Registro de los Movimientos de los Bovinos (SIMOGAN), de la que tomará la infraestructura.
En la elaboración de la presente disposición han sido consultadas las Comunidades Autónomas y los sectores afectados.
En su virtud, dispongo:
Por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y las Comunidades Autónomas en sus respectivos ámbitos competenciales, se constituye la base de datos informatizada denominada Sistema Nacional de Identificación y Registro de los Movimientos Porcinos, en adelante SIMOPORC, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 y en la disposición adicional sexta del Real Decreto 1 716/2000, de 13 de octubre, sobre normas sanitarias para el intercambio intracomunitario de animales de las especies bovina y porcina.
La base de datos contendrá para cada grupo de animales porcinos que se muevan, y para cada explotación situada en el territorio español, al menos los datos que se relacionan en el anexo 1 de la presente disposición.
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La arquitectura del sistema responderá a un modelo de base de datos distribuida, y estará integrada por:
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Un servidor central en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
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Un canal de comunicaciones entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y todas las Comunidades Autónomas.
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Un equipo en cada Comunidad Autónoma denominado Punto de Intercambio de Datos (PID) conectado a la red de cada Comunidad Autónoma de forma que, desde este equipo, sea accesible tanto el servidor autonómico, como la comunicación con el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
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Los datos mínimos que se citan en el anexo I de la presente Orden, que residen en cada servidor autonómico.
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Todos estos elementos forman parte del Sistema Nacional de Identificación y Registro de los Movimientos de los Porcinos, SIMOPORC, que es único para todo el...
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