Real Decreto 882/1989, de 14 de Julio, por el que se prorroga el Plazo de Vigencia de la Zona industrializada en declive de Ferrol, delimitada por real decreto 21/1988, de 21 de Enero.

Fecha de Entrada en Vigor 8 de Agosto de 1989
MarginalBOE-A-1989-17114
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Economia
Rango de LeyReal Decreto

Estando próximo a finalizar el plazo de vigencia señalado para la Zona Industrializada en Declive de Ferrol en el Real Decreto 21/1988, de 21 de enero («Boletín Oficial del Estado» del 22), y considerando que todavía subsisten en parte las circunstancias que justificaron la delimitación de esta Zona, con el informe favorable del Consejo Rector y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.º, 2, del Real Decreto 1535/1987, de 11 de diciembre, y en el artículo 4.º del citado Real Decreto 21/1988, de 21 de enero, a propuesta del Ministro de Economía y Hacienda y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión de día 14 de julio de 1989,

DISPONGO:

Artículo único

Se prorroga durante un período de doce meses, contados a partir del 23 de julio de 1989, el plazo de vigencia de la Zona Industrializada en Declive de Ferrol, permaneciendo durante este tiempo en vigor el Real Decreto 21/1988, de 21 de enero.

Dado en Madrid a 14 de julio de 1989.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Economía y Hacienda,

CARLOS SOLCHAGA CATALÁN

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