Real Decreto 1974/1981, de 8 de mayo, por el que se indulta parcialmente a Juan Manuel García González.

MarginalBOE-A-1981-20058
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyReal Decreto
!O596 7
septiemore.
1981
B. O.
del
·E,-Núm.
214
20055
20058
Vistos la Ley
de
dieciOcho
de
Junio
de
mIil ochocientos se-
:enta,
reguladora
de
:a
gracia
de
Indulto, y
el
peereto
de
veJn·
.¡dos de
abri,
de
mil novecientos
treinta
yochO;
ue
acuerdo
con el
parecer
del
Ministerio
Fisoe.l y
del
Tribu-
la.
sentenciador,
apropu€Elta
del
MInistro
de
Justicia
ypn>vla
leliberaClón del Consejo
de
Ministros
en
fU
reunl6n
del
dla
ocho
le mayo de mil novecientos
ochenta
y
uno.'
Vengp en
Indultar
a
José
Magrt
Gaaol
del
re&to
de
la
Pena
>rivativa
de
'Ibertad
que
le
queda
por
cumplir
y
que
le
tue
mpUe6ta en :a
expresada
sentencia.
Dado en Madrid aocho
de
mayo
de
mil novecientos
ochenta
¡
uno.
JUAN CARLOS
R.
,El
Ministro
de
JustIcia,
FRAl'CISCO
fERNANDEZ
ORDOt'lEZ
REAL DECRETO 1971/1981,
de
8
de
mayo,
por
el
que
.e
indulta
a
Joaquín
Campoy
del.
Pino.
Visto el expediente
de
indulto
de
Joaquin
CampOy del Pino,
condenado por
la
Audiencia
Provincial
de
CMtel:l6n,
en
sentencia
1e
veintinueve
de
enero
de
mil
novecientos
setenta
y
nueve.
,amo
nutor
de
un
delito
de
robo, a.
la
pena
de
seis
años
de
presid.o· menor, y
teniendo
en
cuent& las
circunstancias
que
concurren
en
los hech06;-
Vistos
la
Ley de dieciocho
de
junio
de
mil
ochocientos se-
tenta,
reguladora
de
la
gracia
de indu.lto, yel- Decreto
de
veinti-
dós
de
'abril
de
mil
novecientos
treinta
yocho,
De
acuerdo
con
el parecer
del
Ministerio FisCal
.,
dal
TJ:I
bunal
sent"nelador,
a
propuesta
del
Ministro
de
Justicia
y
prllVl&
:lellberación
d.el
Consejo
de
Ministrasen
su
reunión
del
dia
ocho
de mayo
de
mil novecientos
ochenta
yuna. .
Vengo
en
indultar
a
Joaquin
Campoy
da¡ Pino,
del
resto
de
la
pena
privatlva
de
libertad
que
le
queda
por
cumplir
y
que
le
fUe
impu€Elta
en
la
expresada
sentencia.
Dado en
Madrid
a' ocho
de
mayo
de
mil
novecientos
ochenta
yuno. .
..
Vengo
en
Indultar
a
Ventura
Luiz
Herranz
Martínez
de
un
año
de
la
pena
privativa
dIY
libertad
Impuesta
en
la
expresada
sentenc1&.-
,\
.
Dado
Madrid
aocho
de
mayo
de
mil novecientos
ochenta
y
uno.
JUAN CARLOS R.
El
Ministro
de
Justicia.
FRANCISCO
FERNANDEZ
OROOt'lEZ
REAL
DECReTO
1974/-1981,
dB
8
de
mayo.
por
el
que
se
í'ldulta
pu.rcialmente
el
JUan
Manu.el
Gareta
González.
Visto el
expedi~nte
da
indultó
de
Juan'
Manuel
Carela'
Gn·
zález,
condenado
por
la
Audiencia
Provincial
Burgos, en
sen-
tencia
de
diez
de
marzo
de
mil novecJentos
~henta,
corno
autor
de
un
delito
de
utilizac;ón
ilegítima
de
vehlculo
de
motor
ajeno,
a
la
pena
de
cinco meses
de
arresto
mayor
yprivaciÓn
por
dOJ
años
del
permiso
de
conducir.
ycomo
autor
de
dos
delitos
de
robo,
ad06
pen&!l
de
un
año
de
presidio
menor, y
teniendo
en
cuenta
las
circ-..mstancias
que
oonCU1Ven
en
lOS
hilChos;
Vistos
l.
LEly
de
dieciocho
de
junio
de
mil ochOCientos sa-
tenta,
reguladora
de
la
gracia
de
Indulto, yel
Decr~to
de
velnti·
d06
de
abril
de
mil nov"<:i>
treinta
yocho;
De
acuerdo
con
el
parocer
del
MinJsterio Fiscal yda¡
Tri·
bunal
se~tenciador,
apz:opu,,.ta
del
Ministro
de
Justicia.,
previa
del Conseja
de
Mi.tiistros
en
su
reunión
del
d14
ocho
de
mayo
de
mil novecientos Ochenta y
uno,
.
Vengo a
Indultar
a
Juan
Manuel
GarciaGonzález
de
ur..
año
de
las
mencionadas
penas
privativas
de
libertad
impuestas
en
la
referida
sentencia.
Dado
en
MMrld
aocho
de
mayo
de
mil novecientos
ochenta
yuno.
JUAN
CARLOS R,
El
Ministro
de
Justicia.
FRANCISCO
FERNANDEZ ORDOt'lEZ
JUÁN
OARLOS
l\,.
El
Ministro
de
Justicia.
FRANCISCO
FERNANDEZ
ORDOÑEZ
20059 .
REAL
DECRETO 1975/19111,' de 8de
mayo:
por
el
qu.e se
indulto
Darcialmf:tHtlJ a.
.hK,n
fiLeto
Salar.
Visto el expediente
de
Indulto
de
JOSé
Casanova
Martlnez,
oondenado
por
a!
Juzgado
de
Instrucción
número
das
de Va-
lencia,
en
sentencia
de
nueve
de
mayo
de
mil
novecientos se·
tentay
ocho, ooma
autor
de
:una
falta
de
lesiones;
a
la
pena
de
quince
dias
de
arresto
menor,
y
teniendo
en
cuenta
las ci.rcunB,
tanelas
que
concurran
en
los heohos;
Vistos
1&
LEly
de
d:eciocho
de
junio
de
mil
oo~ocientoa
"""
tenta,
reguladora
de
la
gracia
de
Indulto. yel Decreto
de
vein-
tidós
de
abril
de
m1l novecientos
treinta
yocho; .
De
acuerdo
con el
parecer
del
Ministerio Fiscal y
del
Juzgado
sentenciador,
a
propuesta
del MInistro
de
Justicia
y
'prevla
del:beraci6n del Consejo
de
Ministroe
en
su
reunión
del
dla
ocho
de
mayo
de
mil novecientos ochent& y
u=,
Vengo
en
Indultar
a
José
Casanova
Martlnez
de
la
expresada
pena
prJ
vativa
de
libertad
Impuesta.
en
la
referida
-sentencia.
Dado
en
Madrid
l4
ooho
de
mayo
de
mil
novecientos
ochente
yuno. -
20056
REAL
DECRETO'
1972/1981,
de
8
de
mayo.
por
el
que
se
indulta
el José
Casanova
Mart.nez.
>
Visto
el
expediente
de
Indulto
de
Jua.n
Prietc
salar,
cond&o
n"ado
por
la
Audiencia
Provincial'
de
Alicante.
an
sentencia
de
.
seis
de
diciembre
de
mil novecientos
eetenta
ysiete, como
autor-
de
un
delito
de
imp[Uoencia
lemera.rla,a
la
pena
da
dos'
añoe
de
prisión
menor. y
teniendo
an
cuenta
ias
clrcunstancia¡¡
que
concurcen
en
los hechOl.
'~
.Vistos
ta
Ley
de
dieciocho
de
junio
de
mil OchOCientos .etentlO,
reguladora
de
la
grada
de
indulto
yel Decreto
de
veintidós
de
abril
de
mil n'>vecientos
treinta
yocho.. ,
De
acuerdo
oon el
parecer
de), Ministerio Fiscal y
de
la
S61a
.
sentenciadora,
apropu€6ta dei
Min'stro
de
Justicia
., previa.
delibeffici6n del Con.aejo
de
Minis&rOS,
en
Su
reunión
del
dla
ocho
de
mayo
de
mil novecie!ltos
o
yuno.
.
Vengo
en
ludultar
a.
Juan
Prieto
Salar
df' la
mitad
de
la
expresada
pena
privativa
de
libertad.
impuetot'
en
la
referida
sentencia..
Dado
en
Madrid
aocho
de
mayo
de
mil novecientos
ochenta
yuno. JUAN CARLOS R.
El
Ministro
de
Justicia,
FRANCISCO
FeRNANDEZ
ORDOÑEZ
20060
REAL
DECRETO 1978/1981,
~e
8.
dsmoyo.
"or
el
que
Se
i~uita
,a
Miauelj1.'1gel
Ptñeira
Rou...-tQuez.
Visto el
expediente
de
Indulto
de
Migue:
Angel'
PJiieiro Ro.
dríguez.
condenado
por
la
Audiencia·
Provincial
de
Pont,ev9dra.
en
sentencia
de
quince
de
febrero
de
mil
aove<.>
\5
setenta
y
nueve.
corno
autor
de
un
delito
de
utillzación I:egltima de.
vehlculo
de
motor
ajeno
y
de
otro de
rObo,
a
dos
pena~
de
cua-
tro
meses
y
un
día
de
arresto
nla.yOr y
privación
del
permiso
de
oonducir
durante
cuatro'
años
"PO
el
primero
de
loe citados,
., .
teniendo
en
cuenta
1.... cirC'unstancias
que
oonCUIren
en
loe
heoo06;
Vl~tos
la
Ley
de
dieciocho
de
junio
de
mil ochoclentos
setenta.
reguladora.
de
la
gracia
de
Indulto, y
el
Decreto
de
veintldÓll
de
abril
de
mil novecientos
treinta
yocho;
De
acuerdo
con
el
parecer
del Ministerio
FJeOal
y
del
Tri·
bunal
Sentenciador,
apropuest&
del
Ministro
de
Justicia
y
pra-
vil'
deliberación
del Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
dla
ocho
de
mayo de mil noveclentos
ochenta
yuno, .
Véngo
en
Indullar
aMiguel Angel
Piñeiro
Rodrlguez
de
las
penas
privativas
de
libertad
impuestas
en
la
expresada
sen-
tencia
pelÍdient€EI
de
cumplimiento,
dejando
subsistentes
los res-
tantes
pronunciamientos
contenidos
en
la
misma
Dado
en
Madrid
aocho
de
mayo
de
mil novecientos
ochenta
y
uno.
El
Ministro
de
Justicia,
FRANCISCO
FERNANDEZ ORDOi'lEZ
JUAN
CARLOS R;
JUAN
CARLOS
R,
El
Ministro
de
Justicia.
.
...
FRA>lCISCO FERNANDEZ'
ORDOÑEZ
20057
REAL
DECRETO 1973/1981.
de
8
de
mayo,
por
el
qUf/ se
indulta
parcialmente
a
Ventúra
Luis
He.
rran.z.
Marttnez.
Visto el
expediente
de
indulto
de
Ventura
Lule Herra;nz Mar-
tinez, condenll
por
la
Audiencia
ProvIncial
de
Burg'Oa,
en
sen.
tencia
de
dieciocho
de
noviembra
de
mil
novecientos
setenta
yocho, como
autor
de
tres
delitos
de
utlliza.ctón lIegi&iIñ
de
vehículo de .motor ajeno, a
tres
penaa
de
cinco mases.
de
arresto
menor
Y
pnvaclón
por
doe añotl
de
la
facultad
de
obtener
el
permiso
de
conducir;
oomo
autor
de
doe
delitos
da
robo con
fuerza
en
las
0066S
a
una
pena
de
cuatro
años,
das
meses y
un
dia
de presidio
menor
y a
otra
de
cuatro
mee"" y
un
ala
de
lrres.to
mayor,
y
como
autor
de
un
deUto
de
daños,
a
la
pena
de
cIncuenta
mil
pesetas
de
multa.
y
teniendo
en
cuenta
18
circ~nstancias
que
concurren
en
los
hechos;
VIstos
la
Ley
de
dieciocho
de
junio
de
mil
ochocientos sa-
t~nta.
regul~dora
de
la
gracia
de
Indulto. y
el
Decreto
de
veintl-
dos de
ahrll
de
mil
novecientos
treinta
yochO;
'--
De a·ouerdo
con
el
parecer
del
Ministerio
F!sc&l
y
dl!d
Trt-
burra.
sent"nclador,
a
propuesta
del
Ministro
Justicia
y
previa
delIberaclOn del Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
da!
dla
ocho
de mayo de
mil
novecientos QOhenta y
uno,
. .

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