Real Decreto 457/1997, de 21 de marzo, por el que se indulta a don Ángel Tomás González Barredo.

MarginalBOE-A-1997-8368
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyReal Decreto

Visto el expediente de indulto de don Ángel Tomás González Barredo, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Santander, en sentencia de fecha 10 de julio de 1995, como autor de un delito contra la seguridad del tráfico, a la pena de 120.000 pesetas y privación del permiso de conducir durante un año, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1993, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deli beración del Consejo de Ministros en su reunión del día 21 de marzo de 1997,

Vengo en conmutar a don Ángel Tomás González Barredo la pena de privación del permiso de conducir pendiente de cumplimiento, por otra de cien días-multa, a pagar en cuotas diarias de 2.000 pesetas, cuyo inicio y forma de cumplimiento será determinado por el Tribunal sentenciador, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del presente Real Decreto.

Dado en Madrid a 21 de marzo de 1997.

JUAN CARLOS R.

La Ministra de Justicia,

MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN

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