REAL DECRETO 1516/1998, de 10 de julio, por el que se indulta a don José Luis de la Mata Mancebo.

MarginalBOE-A-1998-19626
SecciónIII - Otras Disposiciones
Rango de LeyReal Decreto

REAL DECRETO 1516/1998, de 10 de julio, por el que se indulta a don José Luis de la Mata Mancebo.

Visto el expediente de indulto de don José Luis de la Mata Mancebo, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, incoado porOrden de la Ministra de Justicia de conformidad con lo establecido en el artículo 21 de la Ley de Indultos, y condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Santander, en sentencia de fecha 27 de enero de 1997, le condenó, como autor de un delito contra el deber de prestación del servicio militar, a la pena de dos años, cuatro meses y un día de prisión menor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de condena, por hechos cometidos en el año 1994, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 10 de julio de 1998,

Vengo en indultar a don José Luis de la Mata Mancebo la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, dejando subsistentes los demás pronunciamientos contenidos en sentencia, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.

Dado en Madrid a 10 de julio de 1998.

JUAN CARLOS R.

La Ministra de Justicia, MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN

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