REAL DECRETO 1454/1999, de 10 de septiembre, por el que se indulta a don Francisco José Sanz Ruiz.

MarginalBOE-A-1999-19736
SecciónIII - Otras Disposiciones
Rango de LeyReal Decreto

REAL DECRETO 1454/1999, de 10 de septiembre, por el que se indulta a don Francisco José Sanz Ruiz.

Visto el expediente de indulto de don Francisco José Sanz Ruiz, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 24 de Madrid, en sentencia de fecha 1 de octubre de 1997, como autor de un delito de robo con fuerza en las cosas en grado de tentativa, a la pena de diez meses de prisión, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1997, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 10 de septiembre de 1999,

Vengo en indultar a don Francisco José Sanz Ruiz la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no abandone el tratamiento que tiene iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tresaños, desde la publicación del presente Real Decreto.

Dado en Madrid a 10 de septiembre de 1999.

JUAN CARLOS R.

La Ministra de Justicia,

MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN 19737 REAL DECRETO 1455/1999, de 10 de septiembre, por el que se indultaa don Luis Soto Patiño.

Visto el expediente de indulto de don Luis Soto Patiño, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, en sentencia de fecha 28de septiembre de 1998, como autor de un delito de atentado, a la pena de tres años y un día de prisión, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1997, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 10 de septiembre de 1999,

Vengo en conmutar a don Luis Soto Patiño la pena privativa de libertad impuesta, por otra de un año de prisión, acondición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años, desde la publicación del presente Real Decreto.

Dado en Madrid a 10 de septiembre de 1999

JUAN CARLOS R.

La Ministra de Justicia, MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN

19738 REAL DECRETO 1456/1999, de 10 de septiembre, por el que se indulta a don Celedonio Suárez Molina.

Visto el expediente de indulto de don Celedonio Suárez Molina, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado porel Juzgado de lo Penal número 9 de Sevilla, en sentencia de fecha 3 de noviembre de 1997, como autor de un delito de utilización ilegítima de vehículo de motor ajeno, a la pena de 100.000 pesetas de multa y privación del permiso de conducir o de la facultad de obtenerlo durante cuatro meses, un delito continuado de robo con fuerza en las cosas, a la pena de un mes y un día de arresto mayor, un delito de atentado, a la pena de un mes y un día de arresto mayor y dos faltas de lesiones, a la pena de cinco días de arresto menor por cada una de las faltas, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1991, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 10 de septiembre de 1999,

Vengo en indultar a don Celedonio Suárez Molina las penas privativas de libertad pendientes de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años, desde la publicación del presente Real Decreto.

Dado en Madrid a 10 de septiembre de 1999.

JUAN CARLOS R.

La Ministra de Justicia, MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN

19739 REAL DECRETO 1457/1999, de 10 de septiembre, por el que se indulta a don Luis Miguel Valcárcel Heredia.

Visto el expediente de indulto de don Luis Miguel Valcárcel Heredia, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 6 de Valencia, en sentencia de fecha 24 de diciembre de 1996, como autor de un delito de robo con violencia en las personas, a la pena de tres años de prisión menor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1996, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 10 de septiembre de 1999,

Vengo en conmutar a don Luis Miguel Valcárcel Heredia la pena privativa de libertad impuesta, por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años, desde la publicación del presente Real Decreto.

Dado en Madrid a 10 de septiembre de 1999.

JUAN CARLOS R.

La Ministra de Justicia, MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN

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