Real Decreto 159/2010, de 12 de febrero, por el que se indulta a don Antonio Garrido Zambrano.
Marginal | BOE-A-2010-4194 |
Sección | III - Otras Disposiciones |
Emisor | Ministerio de Justicia |
Rango de Ley | Real Decreto |
Visto el expediente de indulto de don Antonio Garrido Zambrano, condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Mérida, en sentencia de 18 de febrero de 2002, como autor de un delito de robo con violencia e intimidación en las personas, y de una falta de lesiones, a la pena de dos años de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y de arresto de tres fines de semana por hechos cometidos en el año 2000 en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 12 de febrero de 2010,
Vengo en conmutar a don Antonio Garrido Zambrano la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento por otra de 60 días de trabajo en beneficio de la comunidad, a condición de que no abandone el tratamiento iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 12 de febrero de 2010.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ
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