Orden ESS/1919/2012, de 10 de septiembre, por la que se distribuyen territorialmente, para su gestión por las comunidades autónomas con competencias asumidas, subvenciones para financiar el coste imputable al ejercicio económico de 2012 de la prórroga de la medida consistente en la contratación de 1.500 orientadores para el reforzamiento de la red de oficinas de empleo incluida en el Plan extraordinario de orientación, formación profesional e inserción laboral.

Fecha de Entrada en Vigor12 de Septiembre de 2012
MarginalBOE-A-2012-11517
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Empleo y Seguridad Social
Rango de LeyOrden

El artículo 13 de la Ley 35/2010, de 17 de septiembre, de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo, autorizó al Gobierno para que mediante Acuerdo del Consejo de Ministros aprobara una nueva prórroga hasta el 31 de diciembre de 2012 del Plan Extraordinario de medidas de orientación, formación profesional e inserción laboral, aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros de 18 de abril de 2008, referida exclusivamente a la medida consistente en la contratación de 1.500 orientadores para el reforzamiento de la red de oficinas de empleo, el cual había sido sucesivamente prorrogado hasta el 31 de diciembre de 2011.

Posteriormente el artículo 16 del Real Decreto-ley 13/2010, de 3 de diciembre, de actuaciones en el ámbito fiscal, laboral y liberalizadoras para fomentar la inversión y la creación de empleo, modificó el citado artículo 13 de la Ley 35/2010, de 17 de septiembre, prorrogando la vigencia de dicha medida hasta el 31 de diciembre de 2012.

Asimismo, el citado precepto establece que esta medida será de aplicación en todo el territorio del Estado y su gestión se realizará por las Comunidades Autónomas con competencias estatutariamente asumidas en el ámbito del trabajo, el empleo y la formación y por el Servicio Público de Empleo Estatal.

Respecto de la gestión por las Comunidades Autónomas de esta medida señala que los créditos correspondientes se distribuirán territorialmente entre dichas administraciones de conformidad con lo establecido en la normativa estatal.

Dicha normativa está constituida por el artículo 14 de la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo, y el artículo 86 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria. Este último establece que la Conferencia Sectorial correspondiente fijará los criterios objetivos de distribución de los créditos destinados al cumplimiento de planes y programas conjuntos referidos a competencias de las Comunidades Autónomas, siempre que estos créditos no hayan sido objeto de transferencia directa en la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada ejercicio, y que los compromisos financieros resultantes para la Administración General del Estado serán formalizados mediante Acuerdo del Consejo de Ministros.

Asimismo, establece que en las normas o convenios mediante los que se distribuyan los fondos a las Comunidades Autónomas se establecerán, en su caso, las condiciones de otorgamiento de estas subvenciones.

En el presupuesto inicial del Servicio Público de Empleo Estatal para el ejercicio 2011, prorrogado para 2012 de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 134.4 de la Constitución Española, al no haberse aprobado la Ley de Presupuestos Generales del Estado antes del primer día del ejercicio económico, constaba la cuantía de 50.120,00 miles de euros para financiar esta medida. No obstante, en la Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para 2012, se incluye la cifra de 47.614,00 miles de euros, por lo que el importe a distribuir entre las Comunidades Autónomas coincide con esta última cifra.

La Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales, en la reunión celebrada el 24 de mayo de 2012, acordó los criterios objetivos de la distribución territorial para el ejercicio económico 2012, de los créditos destinados a financiar el coste imputable a la prórroga de la medida consistente en la contratación de 1.500 orientadores para el reforzamiento de la red de oficinas de empleo incluida en el Plan extraordinario de orientación, formación profesional e inserción laboral.

El Consejo de Ministros, en su reunión de 22 de junio de 2012, decidió la formalización de dichos criterios y la correspondiente distribución de la financiación entre las Comunidades Autónomas para 2012, por lo que debe procederse a dar publicidad a dicha distribución y a determinar algunos aspectos relativos a la justificación, identificación de la fuente de financiación, sobre la igualdad efectiva entre hombres y mujeres, y sobre reintegros.

En...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR