RESOLUCION DE 26 DE JULIO DE 1993, de la Secretaria de Estado de Comercio, relativa al regimen de Importacion de ajos originarios de Paises terceros.

MarginalBOE-A-1993-20515
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Industria, Comercio y Turismo
Rango de LeyResolución

Con fecha 18 de mayo de 1972, fue adoptado el Reglamento 1035/72 del Consejo, por el que se establece una organización común de mercados en el sector de las frutas y hortalizas. Dicho Reglamento contempla entre otros aspectos, la posibilidad de crear un régimen de certificados de importación cuando las circunstancias lo requieran.

La Comisión ha establecido mediante el Reglamento CEE número 1859/93, de 12 de julio, que entró en vigor el 20 de julio de 1993, las disposiciones de aplicación del régimen de importación en la Comunidad de ajos originarios de terceros países, quedando sometidas dichas importaciones a la presentación de un certificado de importación cuya expedición estará condicionada al establecimiento de una garantía.

Por ello, procede modificar en lo que respecta al régimen de importación de este producto el anexo de la Orden de 23 de diciembre de 1991, por la que se establecen los diferentes regímenes comerciales de importación, y sucesivas disposiciones normativas que la modifican.

Finalmente, la Orden de 27 de agosto de 1986 por la que se modifican determinados preceptos de diversas Ordenes sobre comercio exterior, autoriza al Secretario de Estado de Comercio para introducir modificaciones en el régimen de comercio cuando se trate de poner en ejecución normas comunitarias...

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