REAL DECRETO 1536/1996, de 21 de Junio, por el que se homologan diversos titulos universitarios de la Universidad europea de Madrid, con sede en madrid, reconocida como universidad privada.
Marginal | BOE-A-1996-19147 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de Educacion y Cultura |
Rango de Ley | Real Decreto |
Aprobados por la Universidad Europea de Madrid, con sede en Madrid, reconocida como universidad privada por Ley 24/1995, de 17 de julio, los planes de estudio que conducen a la obtención de los títulos de Licenciado en Comunicación Audiovisual, en Periodismo y en Publicidad y Relaciones Públicas, de la Facultad de Ciencias de la Información; de Licenciado en Derecho, de la Facultad de Ciencias Jurídicas y de la Administración; de Licenciado en Odontología y de Diplomado en Fisioterapia, de la Facultad de Ciencias de la Salud; de Licenciado en Administración y Dirección de Empresas, en Economía y en Investigación y Técnicas de Mercado, de la Facultad de Economía y Administración de Empresas; de Licenciado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte, de la Facultad de Educación Física y Deportes; de Licenciado en Traducción e Interpretación, de la Facultad de Filología, y de Ingeniero en Informática y de Ingeniero Técnico en Informática de Gestión, de la Escuela Superior de Informática; Considerando que los mismos se ajustan a las condiciones generales establecidas por la normativa vigente, procede la homologación de los referidos títulos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 58.4 y 5 de la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria; Real Decreto 1496/1987, de 6 de noviembre, sobre obtención, expedición y homologación de títulos universitarios; Reales Decretos 1427/1991, 1428/1991 y 1386/1991, de 30 de agosto; 1424/1990, de 26 de octubre; 970/1986, de 11 de abril, modificado por el 1418/1990, de 26 de octubre; 1414/1990, 1421/1990, 1425/1990 y 1427/1990, de 26 de octubre; 1670/1993, de 24 de septiembre; 1385/1991, de 30 de agosto; 1459/1990 y 1460/1990, de 26 de octubre, por los que se establecen los títulos universitarios oficiales de Licenciado en Comunicación Audiovisual, de Licenciado en Periodismo, de Licenciado en Publicidad y Relaciones Públicas, de Licenciado en Derecho, de Licenciado en Odontología, de Diplomado en Fisioterapia, de Licenciado en Administración y Dirección de Empresas, de Licenciado en Economía, de Licenciado en Investigación y Técnicas de Mercado, de Licenciado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte, de Licenciado en Traducción e Interpretación, de Ingeniero en Informática y de Ingeniero Técnico en Informática de Gestión, y las directrices generales propias de los planes de estudios conducentes a la obtención de los mismos, y demás normas dictadas en su desarrollo.
En su virtud, a propuesta de la Ministra de Educación y Cultura, previo informe del Consejo de Universidades, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 21 de junio de 1996,
D I S P O N G O :
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Se homologan los títulos de Licenciado en Comunicación Audiovisual, en Periodismo y en Publicidad y Relaciones Públicas, de la Facultad de Ciencias de la Información; de Licenciado en Derecho, de la Facultad de Ciencias Jurídicas y de la Administración; de Licenciado en Odontología y de Diplomado en Fisioterapia, de la Facultad de Ciencias de la Salud;de Licenciado en Administración y Dirección de Empresas, en Economía y en Investigación y Técnicas de Mercado, de la Facultad de Economía y Administración de Empresas; de Licenciado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte, de la Facultad de Educación Física y Deportes; de Licenciado en Traducción e Interpretación, de la Facultad de Filología, y de Ingeniero en Informática y de Ingeniero Técnico en Informática de Gestión, de la Escuela Superior de Informática de la Universidad Europea de Madrid, con sede en Madrid, conforme a los planes de estudio que se contienen en el anexo.
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A los títulos a que se refiere el apartado anterior les será de aplicación lo establecido en los artículos 1 al 5 del Real Decreto 1496/1987, de 6 de noviembre.
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Las futuras modificaciones de los indicados planes de estudio serán homologadas por el Consejo de Universidades, conforme a las condiciones generales legalmente establecidas.
Los títulos a que se refiere el artículo anterior se expedirán por el Rector de la Universidad Europea de Madrid, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.3 del Real Decreto 1496/1987, de 6 de noviembre, y normas dictadas en su desarrollo, con expresa mención del presente Real Decreto que homologa los títulos.
Por la Ministra de Educación y Cultura, en el ámbito de sus competencias, se dictarán las disposiciones necesarias para la aplicación y desarrollo del presente Real Decreto.
El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid a 21 de junio de 1996.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Educación y Cultura,
ESPERANZA AGUIRRE Y GIL DE BIEDMA