REAL DECRETO 234/2000, de 18 de febrero, por el que se homologa el título de Diplomado en Relaciones Laborales de la Escuela Universitaria de Relaciones Laborales de Lugo, adscrita a la Universidad de Santiago de Compostela.

Fecha de Entrada en Vigor 3 de Marzo de 2000
MarginalBOE-A-2000-4114
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Educacion y Cultura
Rango de LeyReal Decreto

Aprobado el plan de estudios que conduce a la obtención del título de Diplomado en Relaciones Laborales, de la Escuela Universitaria de Relaciones Laborales de Lugo, adscrita a la Universidad de Santiago de Compostela, cuyas enseñanzas han sido autorizadas por Decreto 282/1995, de 19 de octubre, de la Xunta de Galicia, y dado que el mismo se ajusta a las condiciones generales establecidas por la normativa vigente y ha sido informado favorablemente por el Consejo de Universidades, procede la homologación del referido título.

Esta homologación se efectúa de acuerdo con lo establecido en el apartado 5, en relación con el 4, del artículo 58, de la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria; el Real Decreto 1496/1987, de 6 de noviembre, sobre obtención, expedición y homologación de títulos universitarios; Real Decreto 1429/1990, de 26 de octubre, por el que se establece el título universitario oficial de Diplomado en Relaciones Laborales y las directrices generales propias de los planes de estudios conducentes a la obtención de aquél, y demás normas dictadas en su desarrollo.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Educación y Cultura y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 18 de febrero de 2000,

D I S P O N G O :

Artículo 1
  1. Se homologa el título de Diplomado en Relaciones Laborales de la Escuela Universitaria de Relaciones Laborales de Lugo, adscrita a la Universidad de Santiago de Compostela, conforme al plan de estudios que se contiene en el anexo.

  2. Al título a que se refiere el apartado anterior, le será de aplicación lo establecido en los artículos 1 al 5 del Real Decreto 1496/1987, de 6 de noviembre.

  3. Las futuras modificaciones del indicado plan de estudios serán homologadas por el Consejo de Universidades conforme a las condiciones generales legalmente establecidas.

Artículo 2

El título a que se refiere el artículo anterior se expedirá por el Rector de la Universidad de Santiago de Compostela, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.3 del Real Decreto 1496/1987, de 6 de noviembre, y normas dictadas en su desarrollo, con expresa mención del presente Real Decreto que homologa el título.

Disposiciones Finales
Disposición final primera

Por el Ministro de Educación y Cultura, en el ámbito de sus competencias, se dictarán las disposiciones necesarias para la aplicación y desarrollo del presente Real Decreto.

Disposición final segunda

El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.

Dado en Madrid a 18 de febrero de 2000.

Juan Carlos R.

El Ministro de Educación y Cultura,

Mariano Rajoy Brey

(Anexo-ver pág 1 a 5 del.pdf)

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR