Orden TAS/2667/2006, de 20 de julio, por la que se registra la Fundación Hogar Mariano Nueva Efeso, como de asistencia social y se procede a su inscripción en el Registro de Fundaciones Asistenciales.

MarginalBOE-A-2006-14788
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Trabajo y Asuntos Sociales
Rango de LeyOrden

Por Orden se clasifica y registra la Fundación Hogar Mariano Nueva Efeso:

Vista la escritura de constitución de la Fundación Hogar Mariano Nueva Efeso, instituida en Madrid.

Antecedentes de hecho

Primero.-Por el Patronato de la Fundación fue solicitada la inscripción de la Institución en el Registro de Fundaciones.

Segundo.-La Fundación fue constituida mediante escritura pública; otorgada ante el Notario de Madrid, don Alfonso Madridejos Fernández, el 12 de mayo de 2005, con el número 1.358 de su protocolo, rectificada mediante otra otorgada ante el Notario de Madrid, don José María Madridejos Fernández, el 15 de junio de 2006, con el número 1.685 de su protocolo; por doña Marina del Carmen Solís Llaneza, doña Carmen Sartorius Álvarez de las Asturias Bohórquez, don Benito-Ramón Viloria Solís, don Francisco Pérez Barreda y don Luis Silva Lamelas.

Tercero.-La dotación inicial de la Fundación está integrada por mil doscientos euros, aportados en efectivo, y un bien inmueble, finca urbana con referencia catastral 001301100UF34D-001, sita en el término municipal de Marbella, valorado en doscientos veinte mil ciento ochenta y un euros con cincuenta y cinco céntimos de euro, aportado por doña Carmen Sartorius Álvarez de las Asturias Bohórquez.

Cuarto.-El Patronato de la Fundación esta constituido por los siguientes miembros, con aceptación de sus cargos:

Presidenta: Doña Carmen Sartorius Álvarez de las Asturias Bohórquez.

Vicepresidenta: Doña Marina del Carmen Solís Llaneza.

Secretario: Don Luis Silva Lamelas.

Tesorero: Don Francisco Pérez Barreda.

Vocal: Don Benito-Ramón Viloria Solís.

Quinto.-La Fundación, según el artículo 5 de los Estatutos, desarrollara sus actividades dentro del territorio español. El domicilio de la entidad radicará en la calle Gran Vía, número 55, 9.º, de Madrid.

Sexto.-El objeto de la Fundación queda determinado en el artículo 6.1 de los Estatutos, en la forma siguiente:

  1. Los fines de interés general de la Fundación son la promoción y atención a las personas en situación o riesgo de exclusión social, a través de estudios, cursos e investigaciones y cualesquiera otra actividad, que sirva de cauce y foro para la comprensión y análisis de las causas que propician los fenómenos de exclusión y marginación social, y acometer las actuaciones necesarias para subsanar el impacto que dicha marginación produce en las personas que la padecen, otorgándoles desde cobertura asistencial, incluida la ayuda económica y la acogida en...

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