Real Decreto 2151/1981, de 5 de junio, por el que se aprueba la constitución de Mancomunidad entre los municipios de Talaván, Hinojal y Santiago del Campo (Cáceres) para abastecimiento de aguas y pequeños regadíos.

MarginalBOE-A-1981-21420
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Administración Territorial
Rango de LeyReal Decreto
22044
22
septiemlire
1981
B.
O.
ael
E.-Niíni.·
227
21420
a
la
necesidad
de
dar
solución
a
la
mayor
brevedad
..
la
situar
ción
actual
del
tráfico
vial
de
Ja
zona
que
dificulta
gra.'1emante
su
fluidez
circulatoria
y
resulta
vital,
por
otra
par..e.
en
cuanto
al
.
acceso
del
tráfico
ródado
desde
el
exterior
de
la
ciudad
al
lugar
donde
está
ubicado
el
estadio
de
fútbol
de
cE! Mollnón_.
circunstancia
que
8e
des~a
en
la
memorla,
anexa
al
expe-
diente yen
razón
a
ser-la
ciudad
sede del campeona.to
mundial
fútbol
de
mil
novecientos
ochenta
ydos.
En
consecuen.ci&,
resulta
aconsejable
autorizac
al
Ayunt&-
miento
de
Gijón
(Ovt~o)
para
que
utilice
este
excepcional
procedimiento
en
la
Qcupacl~n
de
los. bienes afectados
por
las
obras
de
referencia. ' ,
En
su
V1rtud. a
propuesta
del
Ministro
de
Administración
Territorial
y
previa
deUberaci6~
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
día
veintidós
de
mayo
,de
mil
novecientos
ochenta
y
uno.
-
DISPONGOi
Artículo
único.-De
conformidad
con
lo
preceptuado
en
el
artículo
cincuenta
ydos
de
la
Ley
de
Expr:opiación Forzosa.
.se
declara.
de
urgente
ocupación
por
el
Ayuntamiento
de
Gij6n
.(Oviedo) las
fincas
concretadas
e
individualizadas
en
la
rela-
ción
de
btenes.
obrante
en
el
expediente
admInlstretlvo Instruido
al
efecto. y
neoeoarl..
p8<8
la
ejecus;lón
de
1....
obraa
de
la
ordenadón
de
la
zona
de
entronque
de
la
calle
Miguel
Primo
de
Rivera
yavenid&!
de
Cq.lvo
Sotelo
y-
Hermanos
Felgueroso.
en
dicha
ciudad.
. "
Dado en Ma.drid, aveintid6s
de
mayo
de
mil
novecientos
ochenta
y
uno
..
JUAN
CARLOS R.
El
Ministro
de
Adminlstr&C16n
.
Territorial.
RODOLFO MARTIN
-VILLA
21419
/lEAL
DECRETO
215/J/1981;
do
22
do
mayo,
por
01
qutl
BtI
apruebo
la
constitución
de
una
Mancomu.-
nidad
para.
la
_Recogida ytratamiento
de
basura.l
y
parqu.
móvU
de
vehtculo.
de
representación
y
de
servicio... formada
por
ro.
Ayuntamiento,
cJs
FresneclU146
d.
la
Oliva,
Colmenar
de-
Arroyo
y.
Navalagamella.
de
la
provincta
de
Madrid.
.
Los
Ayuntamientos
de
Fresnedillas
de
la
Oliva,
Colmenar
de
Arroyo
yNavalagamella,
de
la
~vincia
de
Madrid.-
adop.
taran
acuerdos
con
el
qu6rum
legal
deconstitulr
una
Manco-
munidad
para
la
-Recogida y
tratamiento
de
basuras
y
parque
móvil
de
vehículos
de
representación
.,
de
servicloSo>.
que
se
realizará
en
cuanto
a
la
gesti6n
econ6mica
de
los
S&rv:lClOS
de
la
Mancomunidad
Can
un
presupuesto
especial
ordinario
for:'
mado
por
los
Ayuntamientos
ycomo
ingresos
extra-.
ordinarios
se
constituirá
con
las
subvenciones oauxilios
'1_
se
obtengan
del
Estado
o
de
otras
Corporaciones públicas.
Los
Ayuntamientos
interesados,
en
sealones celebradas.
al
efecto.y
con
quórum
legál.
aprobaron
el
Estatuto
correspondien~
te
si'D
que
se
prpdujera.
reclamación
en
01
periodo
de
intor--
mación
pública;
-
La
Comisión Provincial
de
Colaboración
del
Estado
con
lu
Corporaciones Locales
acord6
informar
favorablemente
el
ex,.
pediente
de
la
repetida
Mancomunidad.
El
expediente
se
BUBtanci6
con
arreglo
&los
trlimites
preve-
nidos
en
la
Ley
de
Régimen Local, Reglamento
de
Población
y
Dema.rcaci~
Territorfal
de
19.5
Entidades
Locales y
el
Real
Decreto·
número
tres
mil
cuarenta
y
seis/mil
novecientos
setenta
ysiete,
de
seis
de
octubre,
ylos
Estatutos
formados
para
su
régimen
establecen
que
la
capitalidad
será
en
el
municipio
ele
FresnedHIas
de
la
Oliva.
No
existen
reparos
forniales
que
QPoner &
la
tramitaciOll
del expediente,
al
haber
sidQ
atendidos
los
preceptos
aplicables'
al
c~o.
Por
otra
parte.
_de
destacar
que
se
trata
de
servicios
y
fmes
propios
de
la
competencia
municipal
y
que
han
de
vl71~rarse
siempre
positivamente
.las
normas
de
asoclaci6ri
mu-
mCIpal,
como
la
presente,
para
que
la
cooperación
redunde
en
una
prestacióD
mAa:
eficiente del
se"rv:lcio
públ1co a
un
ID:ej0t:
re.parto
de
su
onerosid&d
ya
un
.!.iimplificación
de
org
....
Dlz8Clón.
En
.
su
virtud,
de
acuerdo
·COD
el_
dictamen· emitido
por
la
C
Permanente
del
Consejo
de
Estado, apropuesta.
del
MImstro
de
AdminIstraci6n
Territorial
y
previa
deliberación
del
Consejo
de
Ministros,
en
su
reunión
del
día
veintidós
de
mayo de mil
novecientos
ochentp, y
uno.
DISPONGO¡
Artít:U1o prlmero.:--Se
aproeba
constitución
de
una
Man-
comunidad
para
la
recogida
y
tratamiento
de
basuras
y
parque
móvU
,~e
vl".h1c..-ul08
de
representación
yservicios, .formada
por
los-
Ayuntami03Utoe
de
Fresnedlllas
d.e
1&
Oliva.
Colmenar
de
.
ArroYy
Navalagamel1a,
de
la
provincia
de
Madrid.
.'
-.
Art1culo
segundo.-Queda
facultado'
el
Ministe-rio
de
Admi-
nistración
Territorial
para
dictar
las
disposiciones
que
pudieran
exigir
el
,cumplimiento
de
este
Real Decreto.
,.
Dado
en
Madrid,
aveintidós
de
mayo
de mii novecientos
ochen
ta
yuno.
JUAN
CARLOS R.
El
Ministro
de
Administración
Territorial,
RODOLFO MARTIN VILLA
REAb
DECRETO 2151/1981,
de
5
de
junio;
por
el
.que
ss
aprueba
la
constitución
de
Mancomunidad.
entrs
108
municipios
de
Talavdn,
Hinojal
y
San-
tiago
del_
Campo
(CdcereIT)
para
abastecimiento
d_
aguas ypequeños regadíos,
Los
Ayuntamientos'
de TalavAn. Hinojal y
santiago
del
Cam-
po,
-de
1&
provincia
de
caceras,
adoptAron acuerdo8
con
el
quórum
legal.
de
constituir
entre
sus
municipios
una
Mancomu.;,
nidad
para
la
explotación
d.el
$8rviciO
de
abastecimiento
de
tlguaa
ypequeAos regadiOlS,
COll
los reourSQ8 económiooe
que
éstarán
tntegrado.spor
Isa subvenciones o
auplioa
que
se ob-
tengan
dei
Estado;
de
otraa
corporaclones
pú'b!icas Q
d!!'
particu-
.
lares
y
las
aportaciones
anuales
da
loa municipios resPectivos
con
cargo
al
presupuesto.
ordinario.
Los
Ayuntamiento¡
interesados
en.
saslonea
celebrad..
al
efecto, y
con
quórum
legal
aprobarOn
el
proYecto
de
Estatutoa
que
ha
de
regir
la.
citada
Mancomunidad.
sin
q,ue se
produjera
recllLmacjón
de
ningún
tipo
en
el
período
de
información
pú-
blica.
·L
la
Comisi6n Provincial
de
Cola.boración del
E:Stado
con
las
Corporaciones Locales
acordó
tnforma.:r
favorablemente
~l
u::pe-.
d1e.nte
de
la
referida
Mancomunidad..
El ex¡p.ediente
'"
sustanci6
COJl
arreglo
aloat.rAmlt.ee
pre-
venidos.
en
la
Ley
de
Régtmen
LooaJ.,
:Reg!lamento
de
Roblac1ón
TI
Dema.rcac.i6D.
Territorial
lae
Entidades
Locales'. texto
ar-.
tiou!aclo
parcial
d9
la
Ley
euarent.&
y_
uno/mil
novecientos·
setenta
y
cinC"),
de
Bases
del. Estatu.to
de
Régimen Local,
'apro-
bada
por
Real
Decreto
de
seis
de
octubre
de
mU
novecientos
setenta
y
siete
y
los
Estat.utos,"tormados
para
su
régimen
esta
4
blec9!l
que
la
capitalidad·
de
la
nusva
Entidad_
radicarA
en
T-..
laván.
y
exoopcionalmenteen
oualquiera
de·
kls
otros
dOS
pu~
blosagrupados,
.,
recogen
aaLmismo cuantl:l6,
otrae
previslonef-
exigen
el
~culo
quinoe,
dos,
del
texto
articulado
p~cial
ele
la
Ley
do
Ilae...
del
Est&tuto
de
Régimen
Loo&I.
neoesarl
..
parra
el
desenvol:vtmlento
de
14
Mancomunidad
en
SUS
aspectos.
orgánico.
funcional
yeconómioo,
no
apreciándose
en
BU
conte-
nido
extralimitación
legal
alguna
'ni
en
razones
de
interés
pú-
blico
que
impidan
su
aprob&ci6a.
En
su
Virtud,
de
confortmidad
con.
Ed.,
dictamen
tmUtido
por
1&
Comisión
Permanente
del
Consejo
de
Estado, a
propuesta
de.(
Ministro
de
Administración
Territorial
ypt6V'ia
deliberaci6n
del
Cons,&jo
de- Ministros
en
su
reunión
-del dta. cinoo
de
junio
ae
mil novecientos
ochenta
"7
uno.
DISPONGO,
ArtículO
primero.-5e
apru&b8.n
101
Estatutos
y
la
'constltu-
016n
de
1&
Manoomunidad
entre
loe Municipios
de
Tai&vén,Hi-
noj"l
y
santiago
del
C&mPQ
(cee""",,).
P...... abastec1mJ.
de
aguas
ypequeiios .regad1os.
ArtIoulo
segundo.-Queda
faoultado
el
Minlsteno
do
A<1m1·
nistract6n
Territorial
para
dictar
las
diSPosiciones
que
pudieran
exigir
E4
cumplim1ento
de
este
Re~
Decreto
..
Dado
en
Madrid
acinco de-ju.n1o
de
mil
noveclen,OOs
oohen..
tf¡
yuno. - .
JUAN
CARLOS R.
El
Ministro
de
Admlnistrac\óll
Terrltolial.
RODOLFO MARTIN VILLA

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