Real Decreto 2550/1996, de 5 de Diciembre, por el Que Se Otorgan Los Permisos de Investigacion de Hidrocarburos «Loquiz» y «Urederra», Situados En la Zona a, Provincias de Guipuzcoa, Álava y Navarra.

MarginalBOE-A-1996-29054
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Industria y Energia
Rango de LeyReal Decreto

Vistas las solicitudes presentadas por la compañía «Locs Oil Company of Spain, Sociedad Anónima», para la adjudicación de los permisos de investigación de hidrocarburos denominados «Loquiz» y «Urederra», situados en la zona A, provincias de Guipúzcoa, Álava y Navarra, y teniendo en cuenta que la solicitante posee la capacidad técnica y financiera necesaria, que propone trabajos razonables con inversiones superiores a las mínimas reglamentarias y que es la única solicitud presentada, procede otorgarle los permisos mencionados.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Industria y Energía y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 5 de diciembre de 1996,

D I S P O N G O:

Artículo 1

Se otorgan a la compañía «Locs Oil Company of Spain, Sociedad Anónima», los permisos de investigación de hidrocarburos con las longitudes referidas al meridiano de Greenwich que a continuación se describen:

Expediente número 1528: Permiso «Loquiz», de 37.926 hectáreas, y cuyos límites son:

Vértice / Latitud / Longitud

1 / 42º 55' n / 02º 25' o

2 / 42º 55' n / 02º 15' o

3 / 42º 40' n / 02º 15' o

4 / 42º 40' n / 02º 25' o

Expediente número 1.529: Permiso «Urederra», de 37.926 hectáreas, y cuyos límites son:

Vértice / Latitud / Longitud

1 / 42º 50' n / 02º 15' o

2 / 42º 50' n / 02º 00' o

3 / 42º 40' n / 02º 00' o

4 / 42º 40' n / 02º 15' o

Artículo 2

Los permisos que se otorgan a riesgo y ventura del interesado quedarán sujetos a todo cuanto dispone la Ley 21/1974, de 27 de junio, sobre Investigación y Explotación de Hidrocarburos; el Reglamento para su aplicación, aprobado por Real Decreto 2362/1976, de 30 de julio, así como la oferta de las adjudicatarias que no se oponga a lo que se especifica en el presente Real Decreto y a las condiciones siguientes:

  1. La titular, de acuerdo con su propuesta, se compromete durante la fase 1.ª (1.º y 2.º años de vigencia) a la reentrada en el sondeo Izarra-1 y a la realización de pruebas de fracturación y estimulación en el interior del mismo, con un coste no inferior a 100 millones de pesetas. Esto representa una inversión equivalente a más de 658 pesetas por hectárea y año. Al cumplirse el segundo año de vigencia, y en función de los resultados de las mencionadas pruebas, el titular podrá renunciar a los permisos.

  2. En el caso de renuncia total a los permisos, los titulares estarán obligados a justificar, a plena satisfacción de la Administración, el haber realizado los trabajos e invertido las cantidades que se señalan en la condición 1.ª anterior.

    En el caso de renuncia parcial, deberá procederse de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 73 del Reglamento para la aplicación de la Ley 21/1974, de 27 de junio, sobre Investigación y Explotación de Hidrocarburos, aprobado por Real Decreto 2362/1976, de 30 de julio.

  3. De acuerdo con el contenido del artículo 26 del Reglamento de 30 de julio de 1976, la inobservancia de la condición 1.ª lleva aparejada la caducidad de los permisos.

  4. La caducidad de los permisos de investigación será únicamente declarada por las causas establecidas en la legislación aplicable, procediéndose de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 72 del Reglamento aprobado por Real Decreto de 30 de julio de 1976.

Artículo 3

La presente autorización se otorga sin perjuicio de los intereses de la Defensa Nacional, en las áreas de instalaciones militares y en las de sus zonas de seguridad que serán compatibles y no afectas por estas previsiones, conforme a la Ley 8/1975, de 12 de marzo (zonas e instalaciones de interés para la Defensa Nacional).

Disposición final única

Se autoriza al Ministro de Industria y Energía para dictar las disposiciones necesarias para el cumplimiento de lo que en este Real Decreto se dispone.

Dado en Madrid a 5 de diciembre de 1996.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Industria y Energía,

JOSEP PIQUÉ I CAMPS

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