Real Decreto 185/1989, de 10 de febrero, por el que se acepta por el Estado la herencia dispuesta por don Salvador Dalí Domenech.

Fecha de Entrada en Vigor15 de Marzo de 1989
MarginalBOE-A-1989-4234
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Relaciones con las Cortes y de la Secretaria del Gobierno
Rango de LeyReal Decreto

El excelentísimo señor don Salvador Dalí Domenech, Marqués de Dalí de Púbol, falleció bajo testamento otorgado en Púbol (Gerona), el 20 de septiembre de 1982, y por el que instituye «heredero universal y libre, de todos sus bienes, derechos y creaciones artísticas, al Estado Español, con el fervoroso encargo de conservar, divulgar y proteger sus obras de arte».

Los Ministerios de Economía y Hacienda y de Cultura, consideran conveniente la aceptación de la herencia, de conformidad con lo dispuesto en la normativa vigente.

En su virtud, a propuesta conjunta de los Ministros de Economía y Hacienda y de Cultura, previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 10 de febrero de 1989,

DISPONGO:

Artículo 1 °

De acuerdo con lo establecido en el artículo 24 de la Ley de Patrimonio del Estado, texto articulado aprobado por el Decreto 1022/1964, y la disposición adicional octava de la Ley 16/1985, de Patrimonio Histórico Español, se acepta la herencia dispuesta a favor del Estado, por el excelentísimo señor don Salvador Dalí Domenech, Marqués de Dalí de Púbol.

Artículo 2 °

Por los Ministerios de Economía y Hacienda y de Cultura, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto se dispone en el presente Real Decreto.

Dado en Madrid a 10 de febrero de 1989.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno.

VIRGILIO ZAPATERO GÓMEZ

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