Orden PRE/23/2010, de 15 de enero, por la que se habilita el Aeropuerto de Huesca-Pirineos como puesto fronterizo.

MarginalBOE-A-2010-655
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de la Presidencia
Rango de LeyOrden

El apartado primero del artículo 25 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, modificada por las Leyes Orgánicas 8/2000, de 22 de diciembre; 11/2003, de 29 de septiembre; 14/2003, de 20 de noviembre; y 2/2009, de 11 de diciembre, dispone que «el extranjero que pretenda entrar en España deberá hacerlo por los puestos habilitados al efecto».

A su vez el apartado octavo del artículo 2 del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo (CE) 562/2006, de 15 de marzo, por el que se establece un código comunitario de normas para el cruce de personas por las fronteras (código de fronteras Schengen), define «paso fronterizo» como «todo paso habilitado por las autoridades competentes para cruzar las fronteras exteriores». Entendiendo por éstas, según el apartado segundo del mismo precepto, «las fronteras terrestres de los Estados miembros, incluidas las fronteras fluviales, lacustres y marítimas, así como los aeropuertos y puertos marítimos, fluviales y lacustres, siempre que no sean fronteras interiores».

El Reglamento dictado en desarrollo de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, aprobado por el Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre, dispone en el apartado segundo de su artículo 2, relativo a la habilitación de puestos, que «cuando se trate de la habilitación de puestos en puertos o aeropuertos, la Orden del Ministro de la Presidencia se adoptará a propuesta conjunta de los Ministros de Asuntos Exteriores y de Cooperación, de Economía y Hacienda y del Interior, previo informe favorable del Departamento ministerial del que dependan el puerto o el aeropuerto».

El aeropuerto de Huesca-Pirineos está considerado como de interés general en virtud de la Orden del Ministerio de Fomento de 20 de octubre de 2000, por la que se declaran de interés general los aeropuertos de Villafría (Burgos) y Huesca (Monflorite), y se reserva al Estado su gestión directa.

Desde el 21 de diciembre de 2006 dicho aeropuerto viene desarrollando vuelos comerciales orientados básicamente al turismo de invierno y, para poder alcanzar su pleno desenvolvimiento, resulta imprescindible que en el mismo puedan realizarse operaciones de comercio exterior y tráfico...

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