Corrección de erratas de la Orden de 1 de abril de 1986 por la que se pone en general conocimiento las cantidades a importar, a partir del día 1 de marzo de 1986 y hasta el 31 de diciembre, de determinados productos que estuvieron sometidos durante 1985 al régimen de contingentes arancelarios con derechos reducidos, y que cumplan la condición de originarios de los países de la Asociación Europea de Libre Cambio.

MarginalBOE-A-1986-15963
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Economia y Hacienda
Rango de LeyCorrección
BOE
núm.
145
Miércoles
18
junio
1986
22203
yfaccionamiento de pago
se
entenderán atribuidas, respectiva-
mente, alos Delegados de Hacienda y a
la
Dirección General del
Tesoro yPolítica Financiera.
DISPOSICIONES FINALES
Primera.-Se autoriza al Ministerio de Economía yHacienda
para dictar las disposiciones necesarias para
el
desarrollo yaplica-
ción
de
lo
dispuesto en
el
presente Real Decreto. -
Segunda.-Quedan derogadas cuantas- disposiciones de igual o
inferior rango
se
opongan alo dispuesto en este Real Decreto.
Dado en Madrid a
l1
de abril de
1986.
JUAN CARLOS
R.
El
Ministro
de
Economía yHacienda,
CARLOS SOLCHAGA CATALAN
15962
ORDEN
de 4de junio de
1986[or
la
que se modifica
la
Comisión de Informática de ,\finisterio de Econo-
m(a yHlUienda.
Ilmo. Sr.: Los cambios estructurales suñidos por dMinisterio
de Economía yHacienda yel desarrollo de la Informática en el
propio Ministerio, determinan la conveniencia de modificar la
composición de la Comisión de Informática del Departamento, a
fin
de conseguir una mayor coordinación, agIlidad y
eficaCia
en los
servicios de esta especialidad.
En
su virtud, con la aprobación de la Presidencia del Gobierno,
he tenido abien disponer: .
A
partir
de
la
entrada en vigor de la presente Orden, lns
apartados 2.· Y3.. de la Orden de
16
de septiembre de 1983,
tendrán
la
siguiente redacción:
«Segundn.-La Cnmisión
en
pleno estará constituida por.
El
Subsecretario de Economia yHacienda, como Presidente: el
Director general del Patrimonio del Estado, como Vicepresidente,
y,
como Vocales, el Secretario general técnico; un máximo de tres
representantes por cada una de
las
Subsecretarias del Estado yuno
por la Subsecretaría del Ministerio anivel de Director general;
el
Director del Centro
de
Proceso de Datos; el Director del Centro
Informático del Presupuesto yel Plan; el Subdirector 8eneral de
Informática Comercial de la Secretaría General de Comercio; el
Subdirector del Centro Informático Contable
de
la Dirección
General del Tesoro yPolítica Financiera;
el
Subdirector 8eneral de
Proceso de Datos del Instituto Nacional de Estadística y
el
Subdirector general de Planificación Informática Aduanera de la
Dirección General de Aduanas eImpuestos Elpeciales, así como
los demás Directo
....
de
Centro de informática del Ministerio que
se considere conveniente 4esi¡nar
por
el Presidente de la Comisión.
Actuará de Secretario el funcionario del Ministerio que sea nom-
brado como tal por el Suboecretario
de
Economla yHacienda.
Tercero.-Existirá
una
Comisión permanente, delegada del
pleno,
~
la resolución de los asuntos
de
trámite Ypara los que
no signifiquen I'!"yectos informáticos generales Oalargo plazo, que
estará
constitwda por. Presidente,
el
Director general del Patrimo-
nio del Estado; Vocales, el Secretario general Técnico; un represen-
tante
por
cada una
de
las Secretarías
de
Estado yotro por la
Subsecretaria del Ministerio, el Director del Centro de Proceso de
Datos, el Director del Centro Informático del Presupuesto yel
Plan,
el
Subdirector general de Informática Comercia!, el Subdirec-
tor del Centro Informático Contable, el Subdirector 8eneral de
Proceso de Datos del Instituto Nacional de Estadística y
el
Subdirector general de Planificación Informática Aduanera, así
como los demás directores de Centros de Informática del Ministe-
rio que
se
considere conveniente designar por el
~sidente
de
la
Comisión. Será Secretario el mismo funcionario desispado como
Secretario del
Pleno.~
La presente Orden entrará en vigor
al
día siguiente de su
publicación en el «Boletín Oficial del Estado»
Lo que comunico a,
V.
I.
Madrid, 4de junio de
1986.
SOLCHAGA CATALAN
Umo.
Sr.
Subsecretario.
15963 CORRECCION
de
erratas de
la
Orden de Ide abril
de 1986 por
la
que se pone
en
general conocimiento las
cantidades aimportar. apanir del
,día
1de
marzd
de
1986 yhasta el
31
de diciembre.
d.
determinados
productos que estuvieron sometidos durante 1985
al
régimen
de
contingentes arancelarios
con
derechos
reducidos. yque cumplan
la
condición de originarios
de los países de
la
Asociación Europea de Libre
Cambio.
Padecido error en la inserción de la citada Orden. publicada en
el
«Boletin Oficial- del Estado» número
105,
de 2de mayo de
1986,
se
transcribe acontinuación la oportuna rectificación:
Página 15725, columna correspondiente ala designación de'la
mercancía de la partida arancelaria 48.01.F.VII, donde dice: «Papel
soporte para carbón, de peso
...
», debe decir: «Papel soporte para
papel carbón, de peso
...
».
MINISTERIO
DE
ADMINISTRACION
TERRITORIAL
15964
CORRECCION
de erratas del
Real
Decreto
JJ45/1986, de 6de junio. por el que
se
acuerda la
disolución de
la
Mancomunidad General de Dipu-
taciones de Régimen Común.
Padecida omisión en la inserción del mencionado Real Decreto,
publicado en el «Bolelin Oficial del Estado» núméro
144,
de fecha
17
de
junio
de 1986, páginas 21949 y21950,
se
transcribe a
continuación la oPQnuna rectificación:
.
En
el artículo 4.°, punto
3,
acontinuación del párrafo primero
debe figurar el siguiente que
fue
indebidamente omitido:
«Los
remanentes de tesorería así como los bienes muebles que
resulten de la liquidación serán transferidos por la Administración
del Estado ala asociación de Entidades Locales de ámbito estatal
con mayor implantación.».

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