Real Decreto 2455/1981, de 20 de agosto, por el que se prorroga la resolución tipo para la construcción, en régimen de fabricación mixta, de unidades motocompresoras de tornillo para fluidos frigorígenos, desde 20.000 frigorías/hora hasta 6.000.000 de frigorías/hora de potencia (P. A. 84.11.A.II.b.4.cc).

MarginalBOE-A-1981-24958
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Economia y Comercio
Rango de LeyReal Decreto

El Real Decreto setecientos ochente y tres/mil novecientos setenta y nueve, de dieciseis de marzo ("Boletín Oficial del Estado" de diecinueve de abril), aprobo la resolucion-tipo para la fabricaion mixta de unidades motocompresoras de tornillo para fluidos frigorigenos desde veinte mil frigorias-hora hasta seis millones de frigorias/hora potencia , con una vigencia de dos años Persistiendo las mismas circunstancias que aconsejaron su establecimiento y considerando que esta prevista la aprobacion de algunas autorizaciones-particulares, al amparo de la resolucion-tipo, es conveniente proceder a la prorroga de su plazo de vigencia

En su virtud, a propuesta del Ministro de Economia y Comercio y previa deliberacion del Consejo de Ministros en su reunion del dia veinte de agosto de mil novecientos ochenta y uno, dispongo:

Articulo primero queda prorrogado por dos años, a partir de la fecha de su caducidad, la vigencia de la resolucion-tipo establecida por Real Decreto setecientos ochenta y tres/mil novecientos setenta y nueve, de dieciseis de marzo, para la fabricacion mixta de unidades motocompresoreas de tornillo para fluidos frigorigenos desde veinte mil frigorias/hora hasta seis millones frigorias/hora de potencia
Articulo segundo el presente Real Decreto entrara en vigor el dia de su publicacion en el "Boletín Oficial del Estado"

Dado en Palma de Mallorca a veinte de agosto de mil novecientos ochenta y uno.- Juan Carlos R.-el Ministro de Economia y Comercio, Juan Antonio Garcia diez

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