ORDEN ITC/1569/2006, de 19 de mayo, por la que se modifica la Orden ITC/3071/2004, de 15 de septiembre, por la que se regulan las bases, el régimen de ayudas y la gestión del Programa Nacional de Espacio (Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2004-2007) en la parte dedicada al fomento de la investigación técnica.

Fecha de Entrada en Vigor25 de Mayo de 2006
MarginalBOE-A-2006-9066
EmisorMinisterio de Industria, Turismo y Comercio
Rango de LeyOrden

Orden ITC/1569/2006, de 19 de mayo, por la que se modifica la Orden ITC/3071/2004, de 15 de septiembre, por la que se regulan las bases, el régimen de ayudas y la gestión del Programa Nacional de Espacio (Plan Nacional de Investigación CientÃfica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2004-2007) en la parte dedicada al fomento de la investigación técnica.

La Orden ITC/3071/2004, de 15 de septiembre, regula las bases, el régimen de ayudas y la gestión del Programa Nacional de Espacio 2004-2007, en la parte dedicada al fomento de la investigación técnica.

La Orden ITC/352/2006, de 14 de febrero, por la que se aprueban medidas para la transparencia, innovación y gestión telemática de las ayudas del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, establece en su disposición final primera que los organismos públicos afectados por los compromisos y mandatos contenidos en la orden adoptarán las medidas necesarias para la ejecución y aplicación de lo que en ella se dispone. En el Anexo I de dicha orden, el Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial (CDTI) figura como centro gestor del Programa Nacional de Espacio.

En el ámbito aeroespacial, el CDTI ostenta desde 1986 la representación oficial de España ante la Agencia Espacial Europea (ESA) y tiene entre sus objetivos la promoción de la industria y la comunidad cientÃfica espacial a fin de obtener los correspondientes retornos industriales y cientÃficos de la participación en dicha Agencia, según lo dispuesto en la disposición adicional sexta de la Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y coordinación de la investigación cientÃfica y técnica.

Además, el CDTI gestiona la participación española en el Programa Marco de Investigación, Desarrollo e Innovación de la Unión Europea que incluye, entre sus prioridades temáticas, actividades de I+D+i relacionadas con la seguridad, la defensa, la aeronáutica y el espacio.

El CDTI, entre sus funciones, reguladas en el artÃculo 3 de su Reglamento, aprobado por Real Decreto 1406/1986, de 6 de junio, tiene la de «promocionar la explotación industrial de las tecnologÃas desarrolladas por iniciativa del propio Centro o por otros Centros públicos y privados y apoyar la fabricación de preseries y la comercialización de nuevos productos y procesos, especialmente en mercados exteriores» (apartado 3.º) y «desarrollar un programa de gestión de apoyo a la innovación tecnológica» (apartado 7.º), competencias de promoción y apoyo que legitiman al Centro para conceder ayudas o subvenciones, siendo ésta la expresión de una de las formas de actuación administrativa cual es la actividad de fomento.

El CDTI es, a partir de 2006, el organismo encargado de la gestión de las ayudas para la financiación de los proyectos y actuaciones del Programa Nacional de Espacio que se concederán, únicamente, en la modalidad de subvenciones.

Para ello, en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2006, ha sido consignada la correspondiente partida presupuestaria a favor del CDTI para la financiación de dichas ayudas. En consecuencia, resulta necesario modificar la Orden ITC/3071/2004, de 15 de septiembre, adecuándola a lo previsto en la Orden ITC/352/2006, de 14 de febrero, en lo relativo a que el organismo encargado de la gestión de las ayudas del Programa Nacional de Espacio, a partir de 2006, será el CDTI.

También se modifica la Orden ITC/3071/2004, de 15 de septiembre, con el objeto de suprimir los créditos reembolsables como modalidad de ayuda a la financiación de proyectos y actuaciones del Programa Nacional de Espacio, contemplándose a partir del año 2006 únicamente la modalidad de subvenciones.

Durante la tramitación de esta orden han emitido se preceptivo informe la AbogacÃa del Estado y la Intervención Delegada en el Departamento, asà como su SecretarÃa General Técnica.

En su virtud, dispongo:

ArtÃculo único. Modificación de la Orden ITC/3071/2004, de 15 de septiembre de 2004 (BOE número 234 de 28 de septiembre) por la que se regulan las bases, el régimen de ayudas y la gestión del Programa Nacional de Espacio 2004-2007 en la parte dedicada al fomento de la investigación técnica.

La Orden ITC/3071/2004, de 15 de septiembre, por la que se regulan las bases, el régimen de ayudas y la gestión del Programa Nacional de Espacio 2004-2007 en la parte dedicada al fomento de la investigación técnica, queda modificada como sigue:

Uno. Se modifica el apartado séptimo, que quedará redactado de la siguiente forma:

«Séptimo. Subcontratación.

  1. Cuando en la realización de un proyecto se subcontrate parte de su ejecución, el coste de subcontratación no podrá superar el 50 por cien del coste total del proyecto o actuación.

  2. Cuando la subcontratación exceda del 20 por cien del importe de la ayuda y dicho importe sea superior a 60.000 ?, deberá celebrarse un contrato por escrito entre las Partes y presentarse con carácter previo a la resolución de concesión.

    Se entenderá concedida la ayuda y aprobado el contrato por el órgano concedente de la ayuda cuando el beneficiario reciba la resolución de concesión.»

    Dos. El actual apartado octavo, «CaracterÃsticas de los créditos reembolsables», queda suprimido, pasando el actual apartado séptimo a ser el nuevo apartado octavo, con la siguiente redacción:

    «Octavo. Ayudas a la financiación de proyectos y actuaciones.

  3. Las ayudas a la financiación de proyectos y actuaciones de investigación y desarrollo tecnológico podrán concederse, de acuerdo con las caracterÃsticas señaladas en los apartados cuarto y noveno de la presente orden, y únicamente en la modalidad de subvenciones, que deberán ser con cobro anticipado en el supuesto de que fuera asà previsto en la correspondiente convocatoria.

  4. Las subvenciones que reciban los beneficiarios...

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