Real Decreto 1261/1984, de 20 de junio, por el que se prorroga la resolución-tipo para la construcción, en régimen de fabricación mixta, de generadores eléctricos de potencias comprendidas entre 250 MVA hasta 700 MVA, ambas inclusive (P. A. 85.01.C).

MarginalBOE-A-1984-14773
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Economia y Hacienda
Rango de LeyReal Decreto

El Decreto 568/1968, de 28 de marzo ( del 29), aprobó la Resolución-tipo para la construcción, en régimen de fabricación mixta, de generadores eléctricos de potencias comprendidas entre 250 MVA hasta 700 MVA, ambas inclusive, con una vigencia de dos años. Esta Resolución-tipo ha sido modificada por el Decreto 112/1975, de 16 de enero ( de 5 de febrero), prorrogada por el Decreto 1095/1970, de 2 de abril ( del 20), prorrogada y modificada por el Decreto 3698/1972, de 23 de diciembre ( de 22 de enero de 1973), prorrogada por el Real Decreto 2052/1976 de 16 de julio ( de 2 de septiembre) y prorrogada y modificada por el Real Decreto 1042/1980, de 19 de mayo ( de 6 de junio).

Persistiendo las mismas circunstancias que aconsejaron la aprobación de la citada Resolución-tipo y estando prevista la aprobación de algunas nuevas autorizaciones-particulares al amparo de la misma, procede prorrogar nuevamente el plazo de vigencia de dicha Resolución-tipo.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Economía y Hacienda y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 20 de junio de 1984, dispongo:

Artículo único Queda prorrogada, por un plazo de cuatro años, la vigencia de la Resolución-tipo establecida por Decreto 568/1968, de 28 de marzo

Este Real Decreto entrará en vigor, con carácter retroactivo, desde el día 20 de marzo de 1984.

Dado en Madrid a 20 de junio de 1984.-JUAN CARLOS R.-El Ministro de Economía Y Hacienda, Miguel Boyer Salvador.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR