Orden de 17 de enero de 1980 sobre funciones y servicios de las Oficinas de farmacia.

MarginalBOE-A-1980-2361
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Sanidad y Seguridad Social
Rango de LeyOrden

El Real Decreto 909/1978, de 14 de abril, regula el establecimiento, Transmision e Integracion de Oficinas de farmacia, encomendado a Este Ministerio, en su Disposición final segunda, dictar cuántas normas sean necesarias para su mejor desarrolló y Aplicación.

Para el mas exacto cumplimiento de las normas contenidas en el citado Real Decreto, en determinados aspectos relativas a las funciones y servicios, a propuesta de La Dirección general de farmacia y medicamentos y oído El Consejo general de colegios oficiales de Farmaceuticos:

Este Ministerio ha tenido a bien disponer:

Artículo 1. 1 La oficina de farmacia abierta al público es el establecimiento sanitario dónde se ejercen funciones, actividades y servicios asistenciales Farmaceuticos, asi cómo de salud pública en los casos y circunstancias establecidos o que se determinen.

  1. Las funciones, Actos y servicios que se desarrollen en las Oficinas de farmacia se efectuarán bajo La Dirección, responsabilidad, vigilancia y control de un farmacéutico, asistido, en su casó, de aquéllos profesionales que sean precisos.

Art. 2. 1

El farmacéutico, en la oficina de farmacia, ejercerá las funciones, actividades y servicios que corresponda a la elaboración de medicamentos y fórmulas magistrales, a la Disposiciones de aquéllos y de las Especialidades farmacéuticas, a la vigilancia y control de las recetas y demás Prescripciones, a la correcta Conservacion de los medicamentos y a la custodia de los productos sometidos a especial restricción de uso.

  1. El farmacéutico, a Traves de la oficina de farmacia, colaborará en la Asistencia sanitaria en materia de información e medicamentos, famacovigilancia...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR