Orden TAS/3371/2006, de 30 de octubre, por la que se regula la composición y funciones de la Comisión Ministerial de Administración Electrónica del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

Fecha de Entrada en Vigor 4 de Noviembre de 2006
MarginalBOE-A-2006-19092
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Trabajo y Asuntos Sociales
Rango de LeyOrden

La Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 16 de septiembre de 1996 reguló la composición y funcionamiento de la Comisión Ministerial de Informática del Departamento.

La posterior Instrucción de Procedimiento de 1 de diciembre de 1996 complementaba dicha Orden Ministerial en todos aquellos aspectos no previstos en la misma, con objeto de asegurar la regularidad y tratamiento uniforme de los asuntos que integraban los órdenes del día de las sesiones, tanto del Pleno como de la Ponencia Técnica.

El Real Decreto 1600/2004, de 2 de julio, por el que se desarrolla la actual estructura orgánica básica del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, dispone en su artículo 13 que corresponde al titular de la Subsecretaría del Departamento la presidencia de la Comisión Ministerial de Informática, actualmente Comisión Ministerial de Administración Electrónica, la elaboración y coordinación de la aplicación del plan director de sistemas de información y comunicaciones del departamento, la coordinación y, en su caso, gestión de las líneas de actuación y de los proyectos definidos en el plan director citado y la definición, coordinación y, en su caso, gestión de las medidas que se adopten en relación con la Administración Electrónica.

El Real Decreto 589/2005, de 20 de mayo, por el que se reestructuran los órganos colegiados responsables de la Administración Electrónica, trata de extender y profundizar la sociedad de la información en la Administración General del Estado, para lo cual ha considerado oportuna la actualización de los órganos colegiados con competencias en materia de tecnologías de la información, transformando el anterior Consejo Superior de Informática en el Consejo Superior de Administración Electrónica, y las Comisiones Ministeriales de Informática en Comisiones Ministeriales de Administración Electrónica. Asimismo, ha considerado los términos comunicaciones o telecomunicaciones incluidos en el de tecnologías de la información, trata de garantizar los requisitos de interoperabilidad entre las Administraciones públicas informando decisiones estratégicas y delimitando el contenido de los planes estratégicos, planes directores y planes de sistemas, y en definitiva ha tratado de adecuar la estructura, las funciones y los medios necesarios para el desarrollo de la Administración Electrónica.

Para hacer efectivas las directrices fijadas en los dos reales decretos mencionados, se contempla en esta Orden Ministerial, en primer término, la creación de la Comisión Ministerial de Administración Electrónica con las funciones establecidas en el artículo 8 del Real Decreto 589/2005, dando cumplimiento además al mandato de la disposición transitoria segunda del mismo. En segundo término, y según lo ya previsto en el Real Decreto 1600/2004, se hace mención explícita a las tareas de coordinación interna en materia de tecnologías de la información y Administración Electrónica.

Para armonizar las distintas actuaciones que se desarrollen en materia de tecnologías de la información y Administración Electrónica se elaborará un plan estratégico departamental que sincronice las líneas estratégicas del Consejo Superior de Administración Electrónica y el plan director de sistemas de información del departamento.

Indicar por último que, dada la compleja estructura definida en el Real Decreto 1600/2004, la política en materia de tecnologías de la información del Gobierno fijada en su plan estratégico a través del Consejo Superior de Administración Electrónica se plasmará en este Departamento en un plan director de sistemas que refleje las líneas estratégicas de dicho plan estratégico, en líneas de acción de aplicación común a todas las unidades del mismo y en una concatenación de planes de sistemas que reflejen el modelo tecnológico de cada unidad.

Por todo lo expuesto, y previa aprobación del Ministro de Administraciones Públicas, dispongo:

Artículo 1 Naturaleza y Carácter.

La Comisión Ministerial de Administración Electrónica del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, cuya composición y funciones se regulan en la presente Orden, es el órgano colegiado responsable de la coordinación interna y elaboración de la política del Departamento en materia de tecnologías de la información y de Administración Electrónica, en consonancia con las líneas estratégicas emanadas del Consejo Superior...

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