Real Decreto 1297/1987, de 9 de Octubre, por el que se incluyen las Carnes frescas y los Embutidos curados en el Regimen de denominaciones de Origen y denominaciones genericas y Especificas, establecido en la Ley 25/1970, de 2 de Diciembre.

MarginalBOE-A-1987-23625
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Educacion y Ciencia
Rango de LeyReal Decreto

La Ley 25/1970, de 2 de diciembre, del Estatuto de la viÒa, del vino y de los alcoholes, en su Disposicion Adicional quinta, autoriza al Gobierno, previa propuesta del forppa, a hacer extensivo el regimen de denominaciones de origen y denominaciones genericas y especificas, establecido en el mismo, a todos aquello Productos Agrarios cuya proteccion de calidad tenga especial Interes Economico o social. En la actualidad, es patente que en el mercado Nacional de Productos Agrarios existen unas ofertas de carnes frescas y embutidos curados con caracteristicas bien diferenciadas como consecuencia tanto de los metodos de produccion y de elaboracion como de la influencia del Medio Natural de origen. Todo ello constituye, a su vez, una patrimonio valioso de las Areas en que se producen, y esto sucede lo mismo con las carnes frescas que con los embutidos curados. En consecuencia, habiendose recibido peticiones para que se puedan acoger algunos de dichos productos al regimen de denominaciones de origen y denominaciones genericas y especificas, se estima de la mayor conveniencia ampararlos bajo la forma prevista en la legislacion vigente.

De acuerdo con lo expuesto, una vez oidos los sectores interesados y vistos los acuerdos adoptados en el forppa, a propuesta del Ministerio de Agricultura, pesca y alimentacion y previa deliberacion del Consejo de Ministros en su reunion del dia 9 de octubre de 1987,

Dispongo:

Articulo Unico Se hace extensivo a las carnes frescas y a los embutidos curados el regimen de denominaciones de origen y denominaciones genericas y especificas, establecido en los articulos 95 y siguientes de la Ley 25/1970, de 2 de diciembre.

Dado en Madrid a 9 de octubre de 1987.

Juan Carlos R.

El Ministro de Agricultura, pesca y alimentacion,

Carlos Romero Herrera

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