Orden ITC/66/2011, de 20 de enero, por la que se amplía el plazo de presentación de solicitudes de instalaciones fotovoltaicas, para la convocatoria del segundo trimestre de 2011, al registro de pre-asignación de retribución, regulado en el Real Decreto 1578/2008, de 26 de septiembre.

MarginalBOE-A-2011-1375
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Industria, Turismo y Comercio
Rango de LeyOrden

El Real Decreto 1578/2008, de 26 de septiembre, de retribución de la actividad de producción de energía eléctrica mediante tecnología solar fotovoltaica para instalaciones posteriores a la fecha límite de mantenimiento de la retribución del Real Decreto 661/2007, de 25 de mayo, para dicha tecnología, establece un mecanismo de pre-registro para la asignación de la retribución a las nuevas instalaciones fotovoltaicas, basado en unos cupos de potencia trimestrales y una tarifa regulada decreciente en cada periodo.

El calendario recogido en el anexo III del citado Real Decreto 1578/2008, de 26 de septiembre, establece los plazos previstos para el periodo de presentación de solicitudes y su resolución.

La resolución de la convocatoria correspondiente al cuarto trimestre de 2010 fue publicada con fecha 13 de diciembre de 2010, dos meses y medio después de la fecha prevista en el real decreto referido. Esta demora, imposibilitará la publicación de la resolución correspondiente al primer trimestre de 2011 con fecha anterior al 1 de febrero de 2011, fecha límite prevista para el cierre del plazo de presentación de solicitudes para la siguiente convocatoria.

De acuerdo con el mecanismo previsto, los valores de la tarifa regulada y los cupos de potencia de cada convocatoria se calculan en función del grado de cobertura de los cupos de la convocatoria anterior, lo que implica que sea necesario conocer el resultado de una convocatoria del citado procedimiento para fijar las condiciones de participación en la siguiente convocatoria, todo ello con anterioridad al cierre del plazo de presentación de solicitudes de esta última.

En virtud de lo expuesto, se estima necesario ampliar el plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria correspondiente al segundo trimestre de 2011 hasta una fecha posterior a la de la resolución de la anterior, a fin de asegurar la participación de los promotores en condiciones de objetividad y transparencia.

La resolución de la convocatoria correspondiente al primer trimestre de 2011 establecerá en su parte dispositiva que desde el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» empieza el cómputo del plazo de cinco días para el cierre del plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria del segundo trimestre de 2011.

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