Decreto 180/2006, de 1 de diciembre, por el que se aprueba el cambio de denominación del municipio de Villarreal/Vila-real por la forma exclusiva en valenciano Vila-real.

MarginalBOE-A-2007-2004
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorComunitat Valenciana
Rango de LeyDecreto

El Ayuntamiento de Villarreal/Vila-real, en la sesión del día 27 de febrero de 2006, solicitó el cambio del nombre actual del municipio por la forma exclusiva y tradicional en valenciano de Vila-real.

El Pleno de la Acadèmia Valenciana de la Llengua, en la sesión del día 6 de octubre de 2006, adoptó acuerdo informando favorablemente el cambio de denominación propuesto.

La Ley 4/1983, de 23 de noviembre, de la Generalitat, de Uso y Enseñanza del Valenciano, dispone en su artículo 15.1 que corresponde al Consell determinar los nombres oficiales de los municipios de la Comunitat Valenciana.

En virtud de todo ello, visto el expediente instruido por el Ayuntamiento de Villarreal/Vila-real para la modificación de la denominación actual del municipio por la forma tradicional y exclusiva en valenciano Vila-real, en el que se acredita el cumplimiento de las prescripciones exigidas en la legislación vigente, a propuesta del Conseller de Justicia, Interior y Administraciones Públicas y previa deliberación del Consell, en la reunión del día 1 de diciembre de 2006, dispongo:

Artículo único

El municipio de Villarreal/Vila-real, de la provincia de Castellón, adoptará la denominación tradicional y exclusiva en valenciano de Vila-real. Las referencias que al antiguo nombre se hubieren realizado por los órganos del Estado y otros organismos públicos se entenderán hechas, a partir de la publicación del presente decreto en el Boletín Oficial del Estado, a la nueva denominación.

Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa, procede interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de este decreto, de conformidad con lo establecido en los artículos 48, 109.c) y 107.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR