Orden de 28 de diciembre de 1990 por la que se modifica la de 21 de enero de 1989, relativa a las normas de calidad exterior de los materiales forestales de Reproduccion que se comercialicen.

MarginalBOE-A-1991-65
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Agricultura, Pesca y Alimentacion
Rango de LeyOrden

Ilustrísimo señor:

El establecimiento de normas de calidad exterior de los materiales forestales de Reproduccion que se comercialicen, en algunos aspectos, puede ser objeto de actuaciones y propuestas que supongan una participación mas amplía de las Comunidades Autónomas.

En esté sentido y de acuerdo con el orden constitucional de Distribucion de competencias entre el estado y las Comunidades Autónomas, he tenido a bien disponer:

Artículo Unico. Los artículos 5. , 2, 12.1 y 15 de la orden de 21 de enero de 1989, relativa a las normas de calidad exterior de los materiales forestales de Reproduccion que se comercialicen, quedan redactados del siguiente tenor:

‹Art. 5. , 2 por el Instituto Nacional de semillas y plantas de Vivero o por el Organo competente de la Comunidad Autónoma, se podrán prever excepciones a las Disposiciones del apartado uno para ensayos o con fines científicos.›

‹Art. 12.2 para garantizar el cumplimiento de lo dispuesto en la presente orden, se establecerán sistemas de controles oficiales de las semillas. Corresponderá a los Organos competentes de las Comunidades Autónomas la realización de dichos controles y de los Analisis oficiales, con excepción de los supuestos de Comercio exterior de semillas y de Produccion de semillas, efectuada en centros de Investigacion y Produccion dependientes directamente de la Administración del Estado. En estos últimos supuestos corresponderá al Instituto Nacional de semillas y plantas de Vivero y/o al Instituto Nacional para la Conservacion de la naturaleza la adopción de las medidas necesarias. Los...

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