RESOLUCIÓN de 2 de junio de 2004, de la Dirección General de Investigación, por la que se ordena la publicación de las ayudas a centros de investigación y desarrollo para financiar la contratación de personal técnico de apoyo en la modalidad de empresas de base tecnológica (programa personal técnico de apoyo).

MarginalBOE-A-2004-11516
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educacion y Ciencia
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 2 de junio de 2004, de la Dirección General de Investigación, por la que se ordena la publicación de las ayudas a centros de investigación y desarrollo para financiar la contratación de personal técnico de apoyo en la modalidad de empresas de base tecnológica (programa personal técnico de apoyo).

Por Orden CTE/1370/2003, de 23 de mayo (BOE de 30 de mayo), se establecen las bases y hace pública la convocatoria de concesión de ayudas para la contratación de personal técnico de apoyo, en el marco del programa nacional de potenciación de recursos humanos del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica.

Cumplidos los requisitos establecidos en la citada Orden y de acuerdo con lo dispuesto enel punto uno del apartado decimocuarto, la Secretaría General de Política Científica y Tecnológica ha dictado con fecha 24 de mayo de 2004 las correspondientes resoluciones de concesión de ayudas para contratación de personal técnico de apoyo en la modalidad de empresas de base tecnológica.

En virtud de lo cual, dispongo:

Primero.--Publicar en el Boletín Oficial del Estado las ayudas concedidas a los organismos incluidos en el anexo I de la presente resolución, destinadas a financiar la contratación de técnicos de apoyo a empresas de base tecnológica.

Segundo.--La cuantía total de la ayuda para cada una de las anualidades se establece en función de la localización del centro de trabajo donde se incorpora el técnico en las regiones de Objetivo 1 o zonas elegibles de regiones de Objetivo 2.

Tercero.--La financiación de las ayudas a que se refiere esta resolución se imputará a las aplicaciones presupuestarias 20.10.542M.750, y 20.10.542M.780.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer ante esta Secretaría, en el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición, al amparo de los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. Asimismo, en el plazo de dos meses, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio. Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta que el anterior recurso potestativo de reposición sea resuelto expresamente o se haya producido la...

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