Real Decreto 2403/1982, de 12 de agosto, por el que se fijan nuevas especificaciones para los Diversos tipos de Fuel-oil.
Marginal: | BOE-A-1982-24927 |
Sección: | I - Disposiciones Generales |
Emisor: | Ministerio de Industria y Energia |
Rango de Ley: | Real Decreto |
La evolución de los requerimientos industriales y la mejora en las técnicas e instalaciones de refino, aconseja actualizar algunas especificaciones y condiciones de empleo de los distintos tipos de fuel-oil número 1 bia especial, cuya demanda es practicamente nula y, por razones de anticontaminación, Definir un nuevo tipo de fuel-oil residual con contenidos de azufre intermedios entre el 1 y el 3,6% para uso de determinadas empresas. En su virtud, previo informe de la delegación de Gobierno en campsa, a propuesta del Ministro de Industria y energía y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 12 de agosto de 1982, dispongo: Artículo único. Las especificaciones y condiciones de empleo vigentes para las distintas calidades de fuel-oil, detalladas en el anexo VIII del Decreto 2204/1975, de 23 de agosto, y en el anexo II del Real Decreto 3.000/1980, de 30 de diciembre ser~en lo sucesivo las contenidas en los anexos I y II del presente Real Decreto.
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Por la delegación del Gobierno en campsa se adoptan las medidas oportunas para la entrada en vigor en el menor plazo posible, de las modificaciones establecidas por este Real Decreto.
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Por El Ministerio de Industria y energía se fijar~la fecha en que puede iniciarse la distribución del fuel-oil número dos bia en el territorio no sujeto al monopolio de petróleos.
Dado en Palma de Mallorca a 12 de agosto de 1982. Juan Carlos R. El Ministro de Industria y energía, Ignacio bayón Marine