Orden de 23 de enero de 1990 por la que se fija el valor del cartón para el juego del bingo.
Marginal | BOE-A-1990-2096 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de Economia y Hacienda |
Rango de Ley | Orden |
Según dispone el artículo noveno del Real Decreto 2221/1984, de 12 de diciembre, el valor de los cartones de bingo a distribuir a los interesados por las Secciones de patrimonio de las Delegaciones de Hacienda, previó pago de aquél, será fijado por el Ministerio de Hacienda (hoy economía y hacienda), que podrá revisarlo de acuerdo con el coste de elaboración.
En Aplicación de está Disposición se dictó la orden de 16 de febrero de 1989, dónde se fijaba el valor del cartón para el juego del bingo en 1,12 pesetas (iva incluido), indicándose que dicho precio tendría vigencia en tanto que se hiciera uso de la facultad de revisión prevista en el artículo noveno del Real Decreto 2221/1984 citado.
Habiéndose producido el supuesto de hecho contemplado en el mencionado artículo, cómo consecuencia del encarecimiento del Proceso de elaboración de los cartones, por la incidencia habida en dicho Proceso de los incrementos en los costes de las materias a utilizar y del personal empleado, se hace necesario proceder a la revisión del valor del cartón del bingo para adecuarlo a los citados incrementos.
Por lo expuesto, y en uso de las facultades que me confiere el artículo noveno del Real Decreto 2221/1984, de 12 de diciembre, acuerdo:
Primero. Se fija el valor del cartón para el juego del bingo en 1,20 pesetas (iva incluido), cualquiera que sea el valor facial asignado al mismo.
Segundo. El precio anterior tendrá vigencia en tanto por el Ministerio no se haga uso de la facultad de revisión a que se refiere el artículo noveno, a), del Real Decreto 2221/1984, de 12 de diciembre.
La presente orden entrará en vigor al dia siguiente de su publicación en el
Madrid, 23 de enero de 1990.
Solchaga Catalan
Excmo. Sr.
Secretario de Estado de...
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