ORDEN CTE/1193/2003, de 25 de abril, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo para funcionarios del grupo A del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria.

MarginalBOE-A-2003-9832
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Ciencia y Tecnologia
Rango de LeyOrden
18828 Jueves 15 mayo 2003 BOE núm. 116
MINISTERIO
DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
9832 ORDEN CTE/1193/2003, de 25 de abril, por la que
se convoca concurso específico para la provisión de
puestos de trabajo para funcionarios del grupo A del
Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agra-
ria y Alimentaria.
Vacantes puestos de trabajo en el Instituto Nacional de Inves-
tigación y Tecnología Agraria y Alimentaria, (I.N.I.A.), dotados
presupuestariamente, cuya provisión corresponde llevar a efecto
por el procedimiento de concurso,
Este Ministerio de Ciencia y Tecnología, de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 20.1 apartados a) y c), de la Ley 30/1984,
de 2 de agosto, modificada por las Leyes 23/1.988, de 28 de
julio y 13/1996, de 30 de diciembre, previa autorización de las
bases de la presente convocatoria por la Secretaría de Estado
para la Administración Pública, y de conformidad con el artícu-
se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al
Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión
de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios
Civiles de la Administración General del Estado, ha dispuesto:
Convocar concurso específico, que constará de dos fases en
atención a la naturaleza de los puestos vacantes a cubrir, los cuales
se relacionan en el anexo 1 de esta Orden. El presente concurso,
de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española y la
Directiva Comunitaria de 9 de febrero de 1976, tiene en cuenta
el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en la
provisión de los puestos de trabajo y promoción profesional de
los funcionarios y se desarrollará con arreglo a las siguientes bases:
Primera.—Podrán participar en el presente concurso los fun-
cionarios de carrera de la Administración del Estado a que se
pertenezcan a Cuerpos o Escalas clasificados en los grupos com-
prendidos en el artículo 25 de la misma, con excepción del personal
de Correos y Telecomunicaciones, de Instituciones Penitenciarias
y Transporte Aéreo y Meteorología, salvo que las relaciones de
puestos de trabajo permitan su adscripción, lo que se indica con
la correspondiente clave en la columna «Adscripción Cuerpo» del
anexo 1.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 103. cuatro.5 de
la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales
del Estado para 1991, la movilidad de los funcionarios que desem-
peñen puestos de trabajo de la Agencia Estatal de la Adminis-
tración Tributaria y que pertenezcan a especialidades o Escalas
adscritas a ella, para la cobertura de puestos de trabajo en otras
Administraciones Públicas, estará sometida a la condición de pre-
via autorización de aquélla, que podrá denegarla en atención a
las necesidades del servicio.
Segunda.—1. Podrán participar los funcionarios comprendi-
dos en la base primera, cualquiera que sea su situación admi-
nistrativa, excepto los suspensos en firme, mientras dure la sus-
pensión, siempre que reúnan las condiciones generales exigidas
y los requisitos determinados en la presente convocatoria.
2. Los funcionarios en servicio activo con destino provisional
en el Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y
Alimentaría, salvo los que se hallen en comisión de servicios, están
obligados a participar en el presente concurso, solicitando todas
las vacantes a las que puedan acceder por reunir los requisitos
establecidos en la convocatoria, excepto los funcionarios que
hayan reingresado al servicio activo mediante adscripción pro-
visional, que sólo tendrán obligación de participar solicitando el
puesto que ocupan provisionalmente.
3. Los funcionarios procedentes de la situación de suspensión
firme de funciones deberán acompañar a su solicitud documen-
tación acreditativa de haber finalizado el período de suspensión.
4. Los funcionarios en situación administrativa de servicio
en Comunidades Autónomas sólo podrán tomar parte en el con-
curso si en la fecha de terminación del plazo de presentación
de instancias han transcurrido dos años desde su transferencia
o traslado a las mismas, siempre que haya transcurrido este mismo
plazo desde la toma de posesión de su último destino definitivo,
de acuerdo con lo previsto en la base primera.
5. Podrán participar en el presente concurso los funcionarios
con dos años de permanencia desde la toma de posesión de su
último puesto de trabajo de destino definitivo, así como, los fun-
cionarios que, aún no cumpliendo este requisito tengan destino
definitivo o reserva de puesto en la Secretaría de Estado de Política
Científica y Tecnológica, salvo los supuestos siguientes:
a) Que participen para cubrir vacantes donde estén destina-
dos.
b) Que hayan sido removidos o cesados del puesto de trabajo
obtenido por el procedimiento de concurso o libre designación.
c) Que haya sido suprimido el puesto de trabajo que venían
desempeñando.
6. Los funcionarios en excedencia voluntaria por interés par-
ticular y excedencia voluntaria por agrupación familiar, sólo
podrán participar si llevan más de dos años en dicha situación,
debiendo acreditar no haber sido separados del servicio ni inha-
bilitados para el ejercicio de cargo público, de acuerdo con lo
previsto en la base primera.
7. Los funcionarios en excedencia para el cuidado de fami-
liares, sólo podrán participar si en la fecha de finalización del
plazo de presentación de instancias han transcurrido dos años
desde la toma de posesión del último destino definitivo obtenido,
salvo que tengan reservado puesto de trabajo en la Secretaría
de Estado de Política Científica y Tecnológica o sus Organismos
Autónomos de acuerdo con lo previsto en la base primera.
8. Cuando dos funcionarios estén interesados en obtener
puestos de trabajo en un mismo municipio, pueden condicionar
en la solicitud sus peticiones, por razones de convivencia familiar,
al hecho de que ambos los obtengan, entendiéndose, en caso con-
trario, anulada la petición efectuada por cada uno de ellos. Debe-
rán acompañar a su solicitud fotocopia de la petición del otro
funcionario.
9. Los funcionarios que pertenezcan a dos o más Cuerpos
o Escalas del mismo o distinto grupo, sólo podrán participar en
el presente concurso desde uno de ellos.
10. Los funcionarios de los Cuerpos o Escalas que tengan
reservados puestos en exclusiva, para poder participar en el con-
curso, deberán obtener previamente la autorización del Ministerio
de Administraciones Públicas, de conformidad con el Departamen-
to al que se hallen adscritos los indicados Cuerpos o Escalas.
Cuando los puestos convocados dependan del propio Departa-
mento al que estén adscritos los Cuerpos o Escalas con puestos
en exclusiva, corresponderá al mismo conceder la referida auto-
rización.
11. La fecha de referencia para el cumplimiento de los requi-
sitos exigidos y para la posesión y valoración de los méritos que
se aleguen, será el día en que finalice el plazo de presentación
de instancias.
Tercera.—1. Las solicitudes para tomar parte en este concur-
so, ajustadas al modelo publicado como anexo 2 de esta Orden,
y dirigidas a la Secretaría General del INIA, se presentarán en
el plazo de quince días hábiles en el Registro General del INIA,
carretera de la Coruña Km. 7,5, 28001 Madrid, o en las Oficinas
a que se refiere el artículo 38 de la Ley del Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Adminis-
trativo Común, contados a partir del siguiente al de la publicación
de la presente convocatoria.
2. Los funcionarios participantes con alguna discapacidad,
debidamente acreditada, podrán instar en la solicitud de parti-
cipación la adaptación del puesto o puestos solicitados, siempre
que ello no suponga una modificación exorbitante en el contexto
de la organización.
La procedencia de la adaptación del puesto o puestos soli-
citados a la discapacidad del solicitante, así como, en su caso,
la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones del
puesto en concreto, serán apreciadas, previo informe del centro
directivo donde radica el puesto, por la Comisión de Valoración,
la cual podrá recabar del interesado, en entrevista personal, la
información que estime necesaria, así como el dictamen de los
órganos técnicos de la Administración laboral, sanitaria o de los
correspondientes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales así
como, en su caso, de los órganos competentes de las Comunidades
Autónomas en esta materia.
3. Una vez transcurrido el plazo de presentación de instancias,
las solicitudes formuladas serán vinculantes para los peticionarios.
Cuarta.—El presente concurso específico consta de dos fases.
En la primera de ellas se valorarán los méritos generales enu-

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR