Orden CUL/1540/2006, de 24 de abril, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales.

MarginalBOE-A-2006-8900
EmisorMinisterio de Cultura
Rango de LeyOrden
19230 Lunes 22 mayo 2006 BOE núm. 121
B. OPOSICIONES Y CONCURSOS
MINISTERIO DE CULTURA
8900 ORDEN CUL/1540/2006, de 24 de abril, por la que
se convoca concurso específico para la provisión de
puestos de trabajo en el Instituto de la Cinematogra-
fía y de las Artes Audiovisuales.
El Organismo Autónomo Instituto de la Cinematografía y de las
Artes Audiovisuales tiene vacantes puestos de trabajo, dotados pre-
supuestariamente, cuya provisión se estima conveniente en atención
a las necesidades del servicio y corresponde llevar a efecto por el
procedimiento de concurso.
De acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española y la
Directiva Comunitaria de 9 de febrero de 1976, en el presente con-
curso se aplicará el principio de igualdad de trato entre hombres y
mujeres, y se tendrán en cuenta especialmente las medidas previstas
en la Orden APU/526/2005, de 7 de marzo, por la que se dispone
la publicación del Acuerdo de Consejo de Ministros de 4 de marzo de
2005, por el que se aprueba el Plan para la igualdad de género en la
Administración General del Estado.
Este Ministerio, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20.1
de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de
la Función Pública, y en el artículo 40.1 del Real Decreto 364/1995,
de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de
Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del
Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional
de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado,
y teniendo en cuenta la Orden CUL/2591/2004, de 22 de julio, de
delegación de competencias del Ministerio de Cultura, y previa la
autorización de la Secretaría General para la Administración Pública
a que se refiere el artículo 39 del citado Real Decreto 364/1995, ha
dispuesto convocar concurso específico para cubrir los puestos
vacantes que se relacionan en los Anexos I/A y I/B de esta Orden,
con arreglo a las siguientes bases.
Requisitos de participación
Primera.–1.1 De acuerdo con lo dispuesto en el apartado c) del
artículo 20.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, introducido por la
Ley 13/1996, de 30 de diciembre, y con las orientaciones de atención
a los sectores prioritarios señalados en el Real Decreto 96/2006, de 3
de febrero, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el
año 2006, podrán participar en el presente concurso los funcionarios
de carrera en cualquier situación administrativa, excepto los suspensos
en firme mientras dure la suspensión, con excepción de los que pres-
ten servicios en los siguientes sectores:
Ministerio de Administraciones Públicas: Oficinas y Áreas de
Extranjería en las Delegaciones del Gobierno y Subdelegaciones del
Gobierno.
Ministerio del Interior: Jefaturas Central y Provinciales de Tráfico
y Dirección General de Policía.
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales: Organización perifé-
rica del Ministerio y sus Organismos Públicos y Organización perifé-
rica de las Entidades Gestoras de la Seguridad Social.
Ministerio de Vivienda.
Ministerio de Fomento: Dirección General de la Aviación Civil y
Dirección General de Marina Mercante.
Ministerio de Educación y Ciencia: Secretaría General de Política
Científica y Tecnológica y Organismos Públicos de Investigación.
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio: Secretaría de
Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Informa-
ción.
Ministerio de Economía y Hacienda: Instituto Nacional de Esta-
dística.
Ministerio de Medio Ambiente: Secretaría General para el
Territorio y la Biodiversidad y Organismos Públicos adscritos
(excepto Parque de Maquinaria y Parques Nacionales) y Secretaría
General para la Prevención de la Contaminación y del Cambio
Climático (excepto la Dirección General del Instituto Nacional de
Meteorología).
Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación: Servicio exterior.
Los funcionarios destinados o que presten servicios en el Minis-
terio de Cultura y Organismos Públicos adscritos podrán participar
en la provisión de todos los puestos de este concurso sin limitación
alguna por razón de su destino, siempre que reúnan el resto de los
requisitos exigidos en esta convocatoria.
1.2 Los funcionarios de los Cuerpos o Escalas que tengan
reservados puestos de trabajo en exclusiva no podrán participar en
concursos para cubrir otros puestos de trabajo adscritos con carácter
indistinto, salvo autorización del Ministerio de Administraciones
Públicas, de conformidad con el Departamento al que se hallen ads-
critos los indicados Cuerpos o Escalas. Cuando los puestos convoca-
dos dependan del propio Departamento al que estén adscritos los
Cuerpos o Escalas con puestos en exclusiva, corresponderá al mismo
conceder la referida autorización.
1.3 Los funcionarios en servicio activo con destino provisional
en este Organismo, salvo los que se hallen en comisión de servicios,
estarán obligados a participar en el presente concurso, solicitando
como mínimo todas las vacantes a las que puedan acceder por reunir
los requisitos establecidos en la Convocatoria, excepto los funciona-
rios que hayan reingresado al servicio activo mediante adscripción
provisional, que sólo tendrán la obligación de participar solicitando
el puesto que ocupan provisionalmente.
1.4 Los funcionarios con destino definitivo sólo podrán partici-
par si, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solici-
tudes, han transcurrido, al menos, dos años desde la toma de pose-
sión del último puesto de trabajo de destino definitivo, salvo que
participen desde el ámbito del Ministerio de Cultura, hayan sido
removidos o cesados del puesto de trabajo obtenido por el procedi-
miento de concurso o de libre designación, o haya sido suprimido su
puesto de trabajo.
A efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior, se computará el
tiempo de servicios prestados en el Cuerpo o Escala de procedencia,
a los funcionarios que accedan a otro Cuerpo o Escala por promo-
ción interna o por integración y permanezcan en el puesto de trabajo
que desempeñaban.
1.5 Los funcionarios en situación de servicios especiales o en
situación de excedencia para el cuidado de familiares, sólo podrán
participar si, en la fecha de finalización del plazo de presentación de
instancias, han transcurrido dos años desde la toma de posesión del
último destino definitivo obtenido, salvo que tengan reservado el
puesto de trabajo en el Ministerio de Cultura.
1.6 Los funcionarios en situación de excedencia voluntaria por
interés particular o por agrupación familiar, sólo podrán participar si
llevan más de dos años en cualquiera de estas situaciones, y los que
se encuentren en servicio en Comunidades Autónomas podrán
hacerlo si han pasado dos años desde su transferencia o traslado y,

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