Acuerdo de 6 de diciembre de 1983 entre el Gobierno de España y el Gobierno de la República Federal de Alemania sobre el establecimiento y funcionamiento de una «Estación-Base de Mediciones» en las islas Canarias, firmado en Madrid.

MarginalBOE-A-1984-13482
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Asuntos Exteriores
Rango de LeyAcuerdo

ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE ESPAÑA Y EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA FEDERAL DE ALEMANIA, SOBRE EL ESTABLECIMIENTO Y FUNClONAMlENTO DE UNA EN LAS ISLAS CANARIAS

El Gobierno de España y El Gobierno de la República Federal de Alemania, con arreglo al Convenio Básico sobre Cooperación en la Investigación Científica y en el Desarrollo Tecnológico, de 23 de abril de 1970, conciertan el siguiente Acuerdo Especial:

ARTICULO I
  1. Las Partes Contratantes acuerdan el establecimiento conjunto de una estación de mediciones germano-español en las islas Canarias, con el fin de vigilar la contaminación atmosférica y factores climáticos. Esta estación se establecerá y funcionará conforme a las recomendaciones de la Organización Metereológica Mundial , como estación-base de mediciones dentro del Sistema Mundial de Vigilancia del Medio Ambiente , del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente , Los resultados de las mediciones contribuirán a mejorar los conocimientos internacionales en el campo de las oscilaciones climáticas, del transporte de contaminaciones atmosféricas a grandes distancias, y de las alteraciones temporales de las contaminaciones atmosféricas.

  2. Las Partes Contratantes se proponen establecer la Estación Base de Mediciones en Izaña, en la isla de Tenerife. Las instalaciones del observatorio allí existentes podrán acomodarse rápidamente a los objetivos de la Estación-Base de Mediciones.

ARTICULO I

l.

Las Partes Contratantes acuerdan proceder para el establecimiento, funcionamiento y entretenimiento de la Estación de Mediciones, como sigue:

  1. Una vez fijada conjuntamente la ubicación definitiva se adquirirán los aparatos de medición necesarios para el funcionamiento de la Estación conforme a las recomendaciones de la OMM, y en coordinación con el Gobierno de España, a expensas de la República Federal de Alemania, donde se montarán y se probarán en su utilización práctica. De esta norma se excluyen los aparatos de medición para la obtención de datos meteorológicos, que serán aportados por el Gobierno de España. El personal español previsto para la Estación base de Mediciones en las islas Canarias participará también temporalmente en el montaje y experimentación de los aparatos en la República Federal de Alemania.

  2. Terminadas las pruebas en la República Federal de Alemania, los aparatos, incluidas las necesarias piezas de repuesto, se trasladarán a expensas de la República Federal de Alemania a las islas Canarias. El Gobierno de España se compromete a tomar a sus expensas, y con la debida antelación al traslado y montaje de los aparatos de medición, todas las medidas necesarias de...

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