Real Decreto 570/1981, de 6 de Marzo, por el que se faculta al ministro de Obras publicas y Urbanismo para modificar el anexo del decreto 3565/1972, de 23 de Diciembre.

Fecha de Entrada en Vigor22 de Abril de 1981
MarginalBOE-A-1981-7562
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Obras Publicas y Urbanismo
Rango de LeyReal Decreto

El Decreto tres mil quinientos sesenta y cinco/mil novecientos setenta y dos, de veintitres de diciembre, establecio las normas tecnologicas de edificacion (nte) como una primera etapa en la ordenacion de la normativa de la edificacion, que con el fin de mejorar la calidad de la misma, sistematizara, actualizara y completara la diversidad de normas y reglamentos existentes en este campo Con este objetivo, en su articulo segundo se disponia que estas normas desarrollaran las materias contenidas en la clasificacion sistematica que se establecia en el anexo al citado Decreto

Ahora bien, la ordenacion de la normativa de la edificacion por el Real Decreto mil seiscientos cincuenta/mil novecientos setenta y siete, de diez de junio, configurando las Normas Basicas de edificacion (nbe) como normas de obligado cumplimiento, a cuyos conceptos generales han de atenerse las normas tecnologicas de la edifcacion (nte), asi como la dificultad que presenta una clasificacion sistematica cerrada para incluir nuevas normas, fundir normas afines, dividir otras o ajustar su contenido al campo de la edificacion, aconsejan flexibilizar su aplicacion al fin de adaptarla a la evolucion tecnologica

En su virtud a propuesta del Ministro de Obras publicas y urbanismo y previa deliberacion del Consejo de Ministros en su reunion del dia seis de marzo de mil novecientos ochenta y uno, dispongo :

Articulo Unico

se autoriza al Ministro de Obras publicas y urbanismo para que, en la elaboracion de las normas tecnologicas de la edificacion (nte), a que se refiere la disposicion final segunda del Real Decreto mil seiscientos cincuenta/mil novecientos setenta y siete, de diez de junio, efectue, a propuesta de La Direccion General de arquitectura y vivienda, las oportunas modificaciones, divisiones, refundiciones o ampliaciones en la clasificacion sistematica recogida en el anexo del Decreto tres mil quinientos sesenta y cinco/mil novecientos setenta y dos, de veintitres de diciembre.

Dado en Madrid a seis de marzo de mil novecientos ochenta y uno.-Juan Carlos R.-el Ministro de Obras publicas y urbanismo, Luis Ortiz Gonzalez

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