Resolución de 24 de mayo de 2011, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se modifica la de 14 de mayo de 2009, por la que se establece el procedimiento de facturación con estimación del consumo de energía eléctrica y su regularización con lecturas reales.

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Julio de 2011
MarginalBOE-A-2011-9331
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Industria, Turismo y Comercio
Rango de LeyResolución

El Real Decreto 1578/2008, de 26 de septiembre, de retribución de la actividad de producción de energía eléctrica mediante tecnología solar fotovoltaica para instalaciones posteriores a la fecha límite de mantenimiento de la retribución del Real Decreto 661/2007, de 25 de mayo, para dicha tecnología, establece en su disposición adicional séptima sobre «Periodicidad de la facturación y lectura de las tarifas domésticas», que «La facturación de las tarifas de suministro de energía eléctrica social y domesticas (hasta 10 kW de potencia contratada) a partir del 1 de noviembre de 2008 se efectuará por la empresa distribuidora mensualmente llevándose a cabo con base en la lectura bimestral de los equipos de medida instalados al efecto».

Por otra parte, el Real Decreto 485/2009, de 3 de abril, por el que se regula la puesta en marcha del suministro de último recurso en el sector de la energía eléctrica, establece que, a partir del 1 de julio de 2009, sólo podrán acogerse a tarifas de último recurso los consumidores de energía eléctrica conectados en baja tensión cuya potencia contratada sea inferior o igual a 10 kW. Asimismo, en la disposición adicional decimocuarta de dicho Real Decreto se faculta a la Dirección General de Política Energética y Minas a determinar la forma de estimar los consumos cuando estos no se correspondan con lecturas reales.

En desarrollo de lo anterior, la Resolución de 14 de mayo de 2009, de la Dirección General de Política Energética y Minas, establece el procedimiento de facturación con estimación del consumo de energía eléctrica y su regularización con lecturas reales, que resulta actualmente de aplicación a los consumidores acogidos a la tarifa de último recurso.

El Consejo de Administración de la Comisión Nacional de Energía aprobó el 20 de enero de 2011 la propuesta de modificación de la Resolución de 14 de mayo de 2009 antes citada y procedió A remitirla a la Secretaría de Estado de Energía. Dicha propuesta surge tras realizar un análisis de la problemática que se ha venido planteando en esta materia y con el fin de dar solución a la misma.

En la presente resolución, y una vez analizadas las propuestas realizadas por parte de la CNE, se procede a incorporar las mismas mediante la oportuna modificación de la mencionada Resolución de 14 de mayo de 2009, de la Dirección General de Política Energética y Minas.

La primera de las modificaciones introducidas se realiza con el fin de contemplar de forma expresa en el...

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