Ley 11/1979, de 2 de octubre, sobre concesión de un crédito extraordinario de 240.920.924 pesetas para satisfacer subvenciones de tráfico aéreo regular de pasajeros de las líneas nacionales con las islas Canarias, correspondientes a 1977.

MarginalA23279-23279
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorJefatura del estado
Rango de LeyLey

DON JUAN CARLOS I, REY DE ESPAÑA

A todos los que la presente vieren y entendieren,

Sabed. Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente Ley:

Artículo primero

Se convalidan como obligaciones del Estado las contraídas por el Ministerio de Aire en el pasado ejercicio económico mil novecientos setenta y siete, por un importe total de doscientos cuarenta millones novecientas veinte mil novecientas veinticuatro pesetas, en exceso sobre los créditos presupuestarios, y relativas al transporte aéreo regular interior de pasajeros con las islas Canarias.

Artículo segundo

Se concede para abono de dichas obligaciones un crédito extraordinario de doscientos cuarenta millones novecientas veinte mil novecientas veinticuatro pesetas aplicado al presupuesto en vigor de la sección veinticuatro, "Ministerio de Transportes y Comunicaciones"; servicio cero ocho, "Subsecretaría de Aviación Civil"; capítulo cuatro, "Transferencias corrientes"; artículo cuarenta y cinco, "A empresas"; concepto cuatrocientos cincuenta y uno, "Para satisfacer la subvención al tráfico aéreo regular interior entre la Península y las provincias de Canarias, según la legislación vigente", correspondiente a mil novecientos setenta y siete.

Artículo tercero

Los recursos que financiarán el crédito extraordinario procederán de anticipos a facilitar por el Banco de España al Tesoro Público.

Por tanto,

Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta Ley.

Palacio Real, de Madrid, a dos de octubre de mil novecientos setenta y nueve.

JUAN CARLOS R.

El Presidente del Gobierno,

ADOLFO SUAREZ GONZALEZ

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR