Ley 14/1979, de 2 de octubre, sobre concesión de un crédito extraordinario de 3.458.000.000 de pesetas para satisfacer las subvenciones previstas en el Real Decreto 20/1977, de elecciones generales, y en La Ley 39/1978, de elecciones locales.
Marginal | BOE-A-1979-23766 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Jefatura del estado |
Rango de Ley | Ley |
Don Juan Carlos i, rey de españa
A todos los que la presente vieren y entendieren,
Sabed: Que las Cortés generales han aprobado y yo Vengo en sancionar la siguiente ley:
Se concede un crédito extraordinario por importe de tres mil cuatrocientos cincuenta y ocho millones de pesetas a la sección dieciséis, "Ministerio del interior"; Servicio cero uno, "Ministerio, subsecretaría y servicios generales"; capítulo cuatro, "transferencias corrientes"; artículo cuarenta y siete, "a instituciones sin fines de lucro"; concepto cuatrocientos setenta y cuatro (nuevo), "para satisfacer las subvenciones previstas en el Real Decreto ley veinte/mil novecientos setenta y siete, de elecciones generales, y en La Ley treinta y nueve/mil novecientos setenta y ocho, de elecciones locales.
El importe a que asciende el mencionado crédito extraordinario se financiará con anticipos a facilitar por el Banco de España al tesoro público.
Por tanto,
Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar está ley.
Palacio Real, de Madrid, a dos de octubre de mil novecientos setenta y nueve.
Juan Carlos r.
El Presidente del Gobierno,
Adolfo Suárez conzalez