Ley 14/1979, de 2 de octubre, sobre concesión de un crédito extraordinario de 3.458.000.000 de pesetas para satisfacer las subvenciones previstas en el Real Decreto 20/1977, de elecciones generales, y en La Ley 39/1978, de elecciones locales.

MarginalBOE-A-1979-23766
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorJefatura del estado
Rango de LeyLey

Don Juan Carlos i, rey de españa

A todos los que la presente vieren y entendieren,

Sabed: Que las Cortés generales han aprobado y yo Vengo en sancionar la siguiente ley:

Artículo primero

Se concede un crédito extraordinario por importe de tres mil cuatrocientos cincuenta y ocho millones de pesetas a la sección dieciséis, "Ministerio del interior"; Servicio cero uno, "Ministerio, subsecretaría y servicios generales"; capítulo cuatro, "transferencias corrientes"; artículo cuarenta y siete, "a instituciones sin fines de lucro"; concepto cuatrocientos setenta y cuatro (nuevo), "para satisfacer las subvenciones previstas en el Real Decreto ley veinte/mil novecientos setenta y siete, de elecciones generales, y en La Ley treinta y nueve/mil novecientos setenta y ocho, de elecciones locales.

Artículo segundo

El importe a que asciende el mencionado crédito extraordinario se financiará con anticipos a facilitar por el Banco de España al tesoro público.

Por tanto,

Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar está ley.

Palacio Real, de Madrid, a dos de octubre de mil novecientos setenta y nueve.

Juan Carlos r.

El Presidente del Gobierno,

Adolfo Suárez conzalez

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