Ley 44/1979, de 31 de diciembre, sobre concesión de un crédito extraordinario de 5.936.900.000 pesetas, con destino a satisfacer los gastos de las Elecciones Generales y Locales.

MarginalBOE-A-1980-406
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorJefatura del estado
Rango de LeyLey

DON JUAN CARLOS I, REY DE ESPAÑA

A todos los que la presente vieren y entendieren,

Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente Ley:

Artículo primero

Se concede un crédito extraordinario de cinco mil novecientos treinta y seis millones novecientas mil pesetas, aplicado al Presupuesto en vigor de la Sección dieciseis, "Ministerio del Interior"; servicio cero uno, "Ministerio, Subsecretaría y Servicios Generales"; capítulo dos, "Compra de bienes corrientes y de servicios"; artículo veinticinco, "Gastos especiales para funcionamiento de los Servicios"; concepto doscientos cincuenta y siete, "Para satisfacer toda clase de gastos, incluso de personal, que se presentaron en la celebración de las pasadas Elecciones Generales y Elecciones Locales".

Artículo segundo

El importe del mencionado crédito extraordinario se cubrirá con anticipos a facilitar por el Banco de España al Tesoro Público.

Por tanto,

Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta Ley.

Baqueira Beret a treinta y uno de diciembre de mil novecientos setenta y nueve.

JUAN CARLOS R.

El Presidente del Gobierno,

ADOLFO SUAREZ GONZALEZ

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