Orden AAA/2461/2012, de 4 de octubre, por la que se extiende el acuerdo de la Organización Interprofesional del Porcino de Capa Blanca, al conjunto del sector y se fija la aportación económica para realizar la promoción del consumo y de la demanda de carne de porcino, la optimización del conocimiento y de la transparencia informativa del sector porcino de capa blanca y la potenciación de la calidad y de la innovación tecnológica en el sector porcino de capa blanca español, junto con la realización de actividades a desarrollar para asegurar una óptima gestión del sistema de extensión de norma, como un conjunto integrado, para las campañas 2012/2013, 2013/2014 y 2014/2015.

MarginalBOE-A-2012-14181
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

El artículo 8 de la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, reguladora de las Organizaciones Interprofesionales Agroalimentarias, establece que acuerdos relativos a determinadas materias, adoptados en el seno de una organización interprofesional agroalimentaria y que cuenten con un determinado nivel de respaldo podrán extenderse al conjunto de operadores y productores del sector o producto.

Por otra parte, el artículo 9 de dicha ley permite que, en el caso de extensión de norma al conjunto de productores y operadores implicados en un sector, se pueda repercutir a los mismos el coste directo, exclusivamente, de las acciones, sin discriminación entre los miembros de la organización interprofesional y los productores y operadores no miembros.

La Organización Interprofesional del Porcino de Capa Blanca, INTERPORC, fue constituida el 18 de septiembre de 2006, con estatutos depositados en el Registro del Ministerio de Interior, y con personalidad jurídica al amparo de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, y fue reconocida como organización interprofesional agroalimentaria del sector del porcino de capa blanca por Orden de 1 de agosto de 2008 («BOE» número 202, de 21 de agosto), conforme establece la Ley 38/1994, de 30 de diciembre.

La Organización Interprofesional del Porcino de Capa Blanca, INTERPORC, ha propuesto la extensión de norma al conjunto del sector, con aportación económica obligatoria para realizar la promoción del consumo y de la demanda de carne de porcino, la optimización del conocimiento y de la transparencia informativa del sector porcino de capa blanca, y la potenciación de la calidad y de la innovación tecnológica en el sector porcino de capa blanca español, junto con la realización de actividades a desarrollar para asegurar una óptima gestión del sistema de extensión de norma, como un conjunto integrado, para las campañas 2012/2013, 2013/2014 y 2014/2015.

El acuerdo extendido por la presente orden afecta a las materias relacionadas en los apartados a),c) d) y e) del artículo 8 de la Ley 38/1994 de 30 de diciembre, y abarca tres campañas de comercialización, 2012-2013, 2013-2014 y 2014-2015, cumpliendo lo establecido en el artículo 8 de la Ley 38/1994, siendo las acciones a realizar de interés económico general para todo el sector ya que producirán un efecto beneficioso, beneficiando por igual a los agentes económicos integrados en la organización interprofesional y a los que no pertenecen a ésta, sin que se advierta discriminación alguna entre unos operadores económicos y otros.

La Organización Interprofesional del Porcino de Capa Blanca, INTERPORC, aprobó en su Asamblea General Universal de 18 de abril de 2012 el acuerdo objeto de extensión y cumple las exigencias de representatividad y respaldo establecidas en el artículo 8.2. de la Ley 38/1994, dado que los porcentajes de representatividad acreditados por la organización interprofesional en el expediente de solicitud superan los mínimos exigidos.

Mediante Resolución de la Secretaria General de Agricultura y Alimentación de 6 de junio de 2012 se sometió a la preceptiva información pública la propuesta de extensión de norma y de aportación económica obligatoria formulada por la Organización Interprofesional del Porcino de Capa Blanca, INTERPORC, conforme a lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 38/1994, y en el artículo 13 de su Reglamento. Dicha Resolución fue publicada en el Boletín Oficial del Estado de 19 de junio de 2012.

La solicitud de extensión ha sido informada favorablemente por el Consejo General de Organizaciones Interprofesionales Agroalimentarias, de acuerdo con el artículo 15 de la ley citada, en su reunión plenaria de 7 de septiembre de 2012 y se ha cumplimentado el trámite de audiencia.

Por lo expuesto, en uso de las competencias atribuidas en los artículos 8 y 9 de la Ley 38/1994 de 30 de diciembre, y en el artículo 15 de su Reglamento, aprobado por Real Decreto 705/1997, de 16 de mayo, dispongo:

Artículo 1 Objeto de la extensión de norma.
  1. Promoción del consumo y de la demanda de carne de porcino en los mercados objetivo de España, la Unión Europea y terceros países.

  2. Optimización del conocimiento y de la transparencia informativa del sector porcino de capa blanca para promover y potenciar la transparencia, el conocimiento, percepción y valoración del sector en su conjunto por parte de todos los integrantes de la cadena de valor y de los consumidores.

  3. Potenciación de la calidad y de la innovación tecnológica en el sector porcino de capa blanca español. Impulsar la mejora de la calidad de los productos del sector y de los procesos que intervienen en su cadena de valor, identificando e incorporando innovaciones y mejoras tecnológicas para los...

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